¿Es necesario poner vencimientos al hacer un asiento de nómina (para el IRPF, la cuota obrera, etc?

Estoy contabilizando nóminas y dependiendo de la fecha que ponga, el programa me pone unas fechas de vencimiento u otras (en el importe de IRPF, la cuota obrera y la remuneración pendiente de pago).

Por otro lado, he creado una plantilla para aquellas nóminas que corresponden a autónomos. Sin embargo, al generar tales nóminas no me genera ninguna fecha de vencimiento.

Querría saber si es que existen plazos en los cuales por ley deben pagarse/cobrarse tales nóminas y por eso el programa me lo genera por defecto, o no pasa nada si una nómina no tiene fechas de vencimiento.

Muchas gracias

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El que el programa te pida vencimientos es porque el programa tiene configurado la operación de esta manera. Hay muchos programas contables que permiten automatizar los libros de vencimientos, y me imagino que en los parámetros de configuración de tu programa estará puesto así para que te los asigne por defecto, no es más que entrar y cambiarlos, o eliminarlos si no te son útiles. El libro de vencimientos es un libro auxiliar de recomendado uso, pero no de uso obligatorio, es tu problema si lo utilizas y cómo lo utilizas, las normas contables no lo regulan, solo recomiendan su uso (porque es muy útil, nada más que por eso).

En cuanto a los vencimientos de las operaciones... cualquier operación económica tiene un plazo de cobro/pago, va intrínseco a la naturaleza de la operación. En el mismo momento de comprar cualquier cosa también se genera la obligación de pagarlo ¿no es verdad? Pues así ocurre con cualquier operación económica en una empresa. Las nóminas, salvo pacto en contrario, se devengan el último día del mes y se pagan entre el 1 y el 5 del mes siguiente. El IPRF de los trabajadores se descuenta cada mes y se liquida trimestralmente, etc.etc. Cada cosa tiene su plazo.

Espero haber sido útil. No olvides valorar la respuesta.

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