¿Cómo contabilizar una deuda del año 2009?

Hola. Me ha llegado un requerimiento de pago por un impuesto de retención (mod.190) del año 2009. Como era correcto lo he pagado: cuota + intereses. Dónde y cómo debería contabilizarlo? Gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1

Necesito que me aclares una cosa.

El modelo 190 no es de pago, sino es la declaración anual del modelo 111 actual o 110 del año 2009.

Si es del 110, será un pago que no has hecho en su momento.

Si es del 190, es por no haber presentado o parte de la información que debía contener.

¿De qué se trata?

Correcto. En el año 2009 la gestoría cometió un error y dejó de declarar retención por un trabajador, que además ya no trabaja en la empresa. Ahora me lo reclaman y como era correcto lo he pagado, pero como se trata del año 2009 que ya lo tengo "super" cerrado, no se como debo contabilizarlo. Gracias.

En la cuenta 4751xx ¿figura la rención?

No. Era un trabajador que trabajaba a media jornada y no tenia retención (según la gestoría) pero según hacienda debía retenérsele un mínimo. En total, han sido 183€ más intereses.

El principal lo debes de poner en la 640xx.

Lo que sea sanción e intereses lo debes poner en la 678xx, y acuérdate a la hora del impuesto de sociedades que estos últimos (sanción e intereses), no nos gastos deducibles.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas