Impuesto de sociedades ampliación capital social

Hola buenos días,

estoy realizando el impuesto de sociedades de una sociedad, cuyo capital social fue ampliado el año pasado , como tiene beneficios tengo que volver a llevar parte de dicho beneficio a reserva legal verdad??, la sociedad ya tenia el 20 % del capital, pero al ser ampliado no se si de debe de volver a dotar, hasta que sea el 20 %.

un saludo y muchas gracias por tu ayuda.

1 respuesta

Respuesta
1

El reparto del beneficio obtenido se decide en la Junta General de Socios, normalmente ha de celebrarse dentro de los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio. No es algo que decida el contable con su libre albedrío, es algo que deciden los socios soberanamente reunidos en Asamblea.

Así que lo que tienes que hacer es lo que digan los socios, ni más ni menos. Lo que dice la Ley Societaria, si no recuerdo mal, es que hasta que no se dote el 20% de la reserva legal no se pueden repartir dividendos, por lo demás los socios son los que decidirán qué hacer y de qué forma con los beneficios obtenidos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas