Compraventa de local embargado

Buenos días, si el local adquirido se paga parte de la comunidad de vecinos por deudas pendientes con éstos y parte al propietario. A que cuenta debería ir cada uno?

Gracias. Saludos.

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Si lo que sale es dinero pues a la 572 y si es a crédito a la 523, no importa que lo adquieras a uno o a otro en tu contabilidad, otra cosa es la contabilidad del propietario

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