Recargo de equivalencia

Recrago de equivalencia
Buenas tardes:tengo un problemilla con este recargo de equivalencia, resulta que tengo a una desde hace un año autónoma que la llevo la contabilidad, tiene una tienda pequeña de productos artesanos de comida vamos.el caso es que me trae las facturas de los proveedores con el recargo de equivalencia que le practican, pero sin embargo yo le hago la declaraciones trimestrales de iva, porque así dice que se lo hacían desde que empezó, ¿lo qué pasa que no se muy bien si como le hacen este recargo ya no estaría obligada a hacer ninguna declaración de iva o si esta obligada? Por otro lado estoy pensando en llevar una especie de contabilidad de esta persona, pero tengo dudas sobre la contabilidad de lo que vende y del recargo. Gracias

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El recargo de equivalencia es cojonudo para aquellos que tienen la posibilidad de hacer tratos en negro ya que como bien dices no están obligados a hacer declaración.
Para el resto es más bien inútil, ya que pagas un 4% más y no sacas ningún beneficio del hecho de no declarar.
Por otro lado llevar la contabilidad es realmente sencillo, solo debes documentar y llevar relativamente al día todos los gastos e ingresos que esa persona tenga. Otra cosa es plantearle un plan de optimización o un estudio de su situación económica para estudiar mejoras y posibilidades de ahorro, para esto ya tendrás que estar más preparada.
Los proveedores le meten el recargo de equivalencia por que para ellos es mejor y si ella no se entera pues venga, a chupar del bote. Los comerciales son gente que salvo honrosas excepciones, solo tienen en cuenta sus números, por mucho palique y buen rollo que tengan. Hay que revisar todas las facturas con la hoja de pedido al lado para comprobar que no te han colado nada no solicitado, al más mínimo fallo reclamar telefónicamente y por fax. Si te cuelan una te aseguro que se acuerdan de ti y te intentaran meter todo lo que puedan. He tenido tienda y sé lo que me digo, ademas muchos clientes son comerciantes y ya están de vuelta de todo, explican cada una...
En fin, con recargo equivalencia no se hace declaración. Te paso un enlace que lo explica muy claro, y ademas creo que la actividad que ella desempeña no está sujeta a eso, se lo cuelan los proveedores.
Échale un vistazo:
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/Ficheros/Empresas_y_profesionales/I.V.A./regRecargoEquivalencia.pdf
Suerte con los números!
Si no tienes más dudas sobre este tema por favor puntúa y finaliza la pregunta.

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