Avales
En 2002 se avala una Póliza de Afianzamiento para Responsabilidades Mercantiles. Por entonces la persona avalista era también administrador Mancomunado. En 2004 abandona la empresa. La Póliza estaba sin tocarse es decir con deuda cero. Pero a finales de 2005, ¿la edeudan en casi 160.000?. Lo más increíble es que no se cumplían ninguna de las normas de riesgos de nuestro sistema financiero, puesto que fueron pagarés de mercantiles que estaban en el rai por diversos impagos. Tampoco la mercantil titular de la Póliza en esa fecha estaba en condiciones de pagar puesto que había sido objeto de varias Ejecuciones dinerarias. Para más "inri", los pagarés fueron de "favor, "pasteleo" es decir no hubo claramente tráfico mercantil. Encima a todo esto le suman y préstamo que se hizo en el 2005 donde aparecen otros avalistas distintos a los perjudicados, pero que ante el impago de dicho préstamos también el banco opta por pasarlo a través de la misma Póliza de Afianzamiento. ¿Debe de responder igualmente el avalista de este tipo de operaciones? Más aún este avalista abandona la mercantil en el 2004 cuando la Póliza tenía riesgo cero. ¿Debe el banco hacer un análisis de riesgo más exhaustivo o por el contrario da igual siempre que pague el avalista? Por favor agradecería ayuda puesto que no encuentro jurisprundencia al respecto.
1 Respuesta
Respuesta de Luis Ramon Diaz chiron suarez
1