Ejecución de sentencia

Buenas tardes, En el año 2006 lleve una prenda a la tintorería y me la encogieron, presente una demanda en el juzgado, tuve juicio verbal y gane. Solicite ejecución de sentencia y tardaron 1 año en decirme que sus cuentas no había dinero, solicite una ampliación de averiguación patrimonial y después de 1 año más me dicen que la sociedad no existe. Bien esta tintorería esta en el mismo sitio y regentada por las mismas personas pero con distinto nombre social. Mi pregunta es ¿cómo puedo cobrar esta deuda si la sociedad limitada ya no existe? ¿Porque el juzgado no ha pedido la averiguación patrimonial de los administradores o se ha embargado bienes de ellos ya que sé que la señora esta cobrando una pensión por minusvalía y como le he comentado solo han cambiado el nombre social. Estoy más que desesperada que puedo hacer? Otra cosita el juzgado con este tema se ha demorado más de 2 años en la averiguación patrimonial y la ultima vez que hable con la señorita que llevaba el tema me animo a que pusiese una demanda o reclamación al juzgado por esta demora y claro que lo quiero hacer ya que si hubiesen actuado con más rapidez esta empresa no hubiese desaparecido y hubiese podido cobrar ya de una vez ¿dónde, cómo puedo poner esta denuncia al juzgado? Muchas gracias y reciba un saludo.

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Desconozco como se ha llavado su procedimiento, pero la iniciativa siempre le corresponde a usted. Usted debe hacer las peticiones si quiere que se tome en cuenta. ¿Lo ha hecho o está esperando a que lo haga el juzgado por usted?
Gracias por su contestación, le comento esto ha sido un proceso que he llevado personalmente ya que no se requiere de abogado ni procurador. No se a que se refiere en cuanto a la iniciativa y que peticiones quiero que se tomen en cuenta. Si pudiera ampliarme un poquito más. Un saludo
La iniciativa procesal le corresponde a usted. El juez, de oficio no hará nada, sin que usted lo pida. ¿Queda algo por hacer? Pídalo. ¿Quiere averiguar los datos del administrador y responsable? Hágalo. Una vez peticionado, el juzgado resolverá en unos días.

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