¿Cómo se para un juicio monitorio (si se puede)?

Yo tengo una deuda con unos conocidos Almacenes, ¿es de casi 400? (En el monitorio pone 410 por los intereses de demora). El caso es que la deuda es cierta, y hace unas semanas estuve vino a mi casa un comercial y le explique por los motivos que esta vez no estaba pagado a tiempo. En la actualidad estoy en el paro y me cuesta más tiempo poder hacer mis pagos. El caso es que quedamos en que yo iría haciendo los pagos de las cantidades que fuera pudiendo y hoy me ha llegado un requerimiento para un juicio monitorio.
Por lo que tengo entendido, en estos casos hay que hacer un escrito de oposición al juicio monitorio (aunque yo me "opongo" al procedimiento judicial no a la deuda; entonces no se como proceder porque me han dicho que si esto sigue adelante a parte de pagar mi deuda y los intereses voy a tener que pagar costas judiciales, y el procurador y abogado de la otra parte y entonces si que estoy perdido, no porque me puedan embargar porque no tengo nada pero si que me encuentre con una deuda considerable y más dificultades para pagarla.
¿Yo tengo expectativas de empezar a trabajar y así sería más fácil solucionarlo pero en la actualidad sólo he hecho un ingreso de 50?, pero no se si al ver que he empezando a hacer los pagos se suspende el procedimiento o ya tiene que seguir hasta llegar a juicio y seguir generando gastos.
Muchas gracias por su ayuda!
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2 Respuestas

Respuesta
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Si usted a empezar a pagar una cantidad, debería desistirse del procedimiento monitorio. Por otra parte, si está usted de acuerdo con la deuda, no sé como quiere oponerse al procedimiento.
La única manera de parar un procedimiento judicial, monitorio, declarativo, etc, es pagando o con acuerdo entre partes. Si usted se opone al juicico monitorio, se lleva el asunto a un juicio ordinario, pagará costas, le saldrá bastante más caro.
Respuesta
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La oposición ha de ser fundada en el fondo, no es válido afirmar que se tiene la deuda pero no se puede pagar, porque esta oposición no sería admitida por el juez
Debe justificar por razones de fondo porque se opone a la deuda (porque no debe lo que se le reclama)
Si presenta oposición se citaría para juicio verbal, en principio por la cuantía no es necesario abogado ni procurador, por lo que cabe la posibilidad de que no haya condena en costas (a menos que el juez aprecie temeridad o mala fe), esto es algo que no puedo garantizarle al 100%
Puede intentar presentar un calendario de pagos para que sea aceptado por la otra parte, pero si no lo acepta no tendría eficacia

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