Dudas juicio monitorio

En el caso que tuviese que interponen un monitorio a un cliente por una deuda de 5600 euros, quisiera saber si yo puedo interponer en el juzgado el monitorio sin abogado o si es mejor contratar al abogado desde ese momento. Me gustaría que explicase las distintas posibilidades según el deudor se oponga o no.

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Ud puede interponer un procedimiento inicial de monitorio aunque si la cuantía es superior a 2.000.-€ como en su caso es muy recomendable acudir con abogado y procurador puesto que le asesoraran de todo. Y podrá no solo reclamar la cuantía debida, Como abogado con experiencia en dichos procedimientos, los clientes inician por si solos la reclamación y si el deudor se opone necesitan abogado y procurador obligatoriamente, por lo que acaban acudiendo. Una vez interpuesto el contrario tiene 20 días desde su notificación para oponerse o pagar.

Espero que le haya ayudado. Si tiene cualquier duda puede
contactar
conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. y le doy
presupuesto. Actúo en Barcelona, y en todo el territorio español.



Ruego finalice la pregunta, y se ponga en contacto conmigo. Recuerde que esto
no es un asesoramiento ya que carezco de documentación, argumentos y
hechos para realizar un asesoramiento dentro del marco legal



Reciba un cordial saludo.


Marc.
Abogado

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