Requisitos para vivienda protegida

Pertenezco a una cooperativa de viviendas que está intentando optar a terrenos en la PAU de San Chinarro, de Madrid. Me apunté hace 2 años y 3 meses, para una vivienda de precio tasado (VPT). Me gustaría saber si los requisitos para adquirir una de estas viviendas han cambiado. En realidad no tengo claro cuáles son estos requisitos.
Además ahora, harto de esperar sin ninguna respuesta por parte de la cooperativa, he decidido comprarme otro piso en un municipio de Madrid (de precio libre). Quisiera saber si aun así puedo seguir optando a una VPT en Madrid municipio.
Respuesta
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Intentaré contestarte lo más claro posible. Actualmente hay un nuevo plan de Vivienda 2002-2005. Los requisitos para acceder a las viviendas protegidas de promoción privada y a las ayudas son dedicar la vivienda a domicilio habitual y permanente, tener ingresos anuales de un 5% del precio de la vivienda, no tener otra vivienda protegida (se puede tener libre pero el valor de transmisiones de ésta no puede superar el 40% de la protegida, pero si tienes vivienda como sería tu caso si compras la libre apenas tendrías ayudas y en algunas cooperativas no cogen a quien tiene vivienda, ya que eso les baja la puntuación a la hora de acceder al suelo, tener unos ingresos no superiores a 5,5 veces el S.M.I. (para protegidas) y 2,5 veces (para régimen especial), m2 de vivienda no superar 90 (excepto fam. Numerosas 120) y no superar el precio por metro cuadrado que fija cada comunidad autónoma. A estos requisitos se pueden añadir otros (Comunidad, Ayuntamiento, etc) si el suelo es público (como 35 años, etc). El tema de 35 años, minusvalías, etc. es para acceder a ayudas adicionales.
Dices que hay que tener unos ingresos anuales ¿por encima o por debajo del 5% del valor de la vivienda?
¿Y 5.5 veces el SMI cuánto es? ¿No hay excepciones para que este requisito no sea tan tajante?
Gracias.
Hay que tener por lo menos unos ingresos anuales del 5% de lo que cuesta la vivienda (antes era el 10). Las 5,5 veces el SMI depende de los miembros de la unidad familiar, dime cuántos sois y te lo calcularé. Cuando hablamos de ingresos se refiere a la casilla de la renta que dice "base imponible ponderada previa a la aplicación del mínimo personal y familiar".
Pues somos, a ver que cuente... somos 1, o sea yo sólo. Así que ese límite me imagino que será bajísimo.
¿No superar en la casilla que te comenté anteriormente los 37.000? (No creo que sea una cantidad pequeña).

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