Prescripción de la reclamación de deudas

Buenos días experto,

Mi cuestión es la siguiente.

Se trata de la compra de un vehículo cuyo pago se gestiona a través de una financiera.

¿Cual sería el plazo de la financiera para poder reclamar la deuda al particular?

¿Sería posible una prescripción del derecho a reclamar al deudor?

Muchas gracias.

Respuesta
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Serán 15 años a contar desde el último recibo no pagado, siempre y cuando con posterioridad no haya ejercitado alguna acción de recobro.

Sí, si transcurre el plazo indicado.

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