Cesión ordinaria pagares no a la orden

Tengo unos pagares no a la orden de una empresa que se esta oyendo que va a hacer concurso de acreedores, mi duda es si puedo ceder esos pagares a otra empresa que es deudora de la que me debe el dinero para que efectúen una compensación de créditos entre ellos y así poder cobrar yo?

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No los puede ceder, de ahí el término "no a la orden". Debe ceder el crédito, para poder ceder los pagarés.

Y como podría ceder el crédito, lo que intento es poder cobrar de alguna manera. para ceder el crédito a la otra empresa que tiene que hacer pagos a mi deudor. Así la otra empresa me pagaria a mi por la cesión y ella compensaría créditos con mi deudor, descontandole el importe de mi crédito. Es posible hacerlo así, hay algún problema si la empresa que me debe el dinero esta en concurso de acreedores??...Muchas gracias por tu ayuda.

Usted debe notificar al pagador su cesión del crédito a tercero (a quien usted elija) mediante burofax o requerimiento Notarial. Si el pagador se opone, no podrá transmitirlo.

Cuando una empresa entra en Concurso de Acreedores, la situación administrativa de la empresa empieza a controlarse lo que incluye revisar los actos de disposición realizados por la mercantil, hasta dos años atrás desde la intervención. Si a usted le pagan antes del concurso de acreedores y se considera un pago justificado, dentro de la actividad normal de la empresa, nadie tocará esa transacción. Si se demostrara que ha habido trato de favor, se ha ocasionado perjuicio, etc, puede que se rescindiera el pago...

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