Embrollo de un fiador solidario.

Hace años un familiar directo mío -Luz- otorgó un poder notarial a su marido-Juan- .Juan podía presentar a Luz como "fiadora solidaria" suya ante los bancos en sus peticiones de avales.

Juan es empresario del sector de la madera. Años despues el matrimonio se separó, pero antes de la separación Juan solicitó varios avales de vencimiento indefinido, que le fueron concedidos, a Bankia con el fin de ser avalado en sus operaciones mercantiles de compra de madera a la empresa estatal Pinosur. Los avales pues, siguen vigentes y en uso. Luz olvidó tratar el tema del poder y los avales durante la separación. Ahora resulta que la empresa va muy mal y proximamente va a ir al concurso de acreedores, por lo que la Luz, una vez que Juan se declare insolvente se va a encontrar con un "pufo" que asciende a 300.000 euros.

LLegados a este punto surge la primera consulta. ((1))¿Es legal que Luz cambie la titularidad de su vivienda y venda algunos bienes a favor de sus hijos, mayores de edad? ¿Podría considerarse alzamiento de bienes?.

Supongamos por otro lado, que Luz dispone del dinero para hacer frente a la deuda. ¿Cómo gestionariamos mejor el problema? ((2))Y como experto le pido su opinión sobre la mejor elección, la menos gravosa. Se nos ocurren dos opciones:

A) Entregar el dinero a Juan para que salde sus deudas con Pinosur con el objetivo de rescatar los avales y despues cancelarlos. En las condiciones de los avales figura una que dice que para su cancelación Pinosur deberá dar la autorización al banco;((3)) me pregunto si Pinosur podria negar legalmente aunque la deuda este saldada la autorización de cancelación como medio de presión, ya que Juan mantiene otras importates deudas con Pinosur.

En esta opcion habria que llegar a un acuerdo por escrito con Juan para que se comprometiera a cancelar los avales y, por supuesto a devolver el dinero que se le entrega los avales.((4)) Lo que no sé es que forma juridica dar a este acuerdo. ¿Contrato, declaración jurada?.

B) Esperar que Pinosur ejecute los avales. ((5))Aquí me interesaria saber dos cosas, los costes adicionales aproximados que puede cargar el banco en el caso de pago al contado (intereses, comisiones etc); y también, una vez ejecutado el aval de cuanto tiempo aproximado dispondriamos hasta que el banco exigiera cumplir la responsabilidad solidaria.

Hasta aquí las consultas. Las he ordenado con un numero entre parentesis para facilitar la respuestas. Disculpas por el "tocho", paro el problema es serio y necesitamos asesoramiento. Sencillamente sólo se trata de preguntar que haria usted si se encontrara en la situación de Luz. Cualquier orientación sera agradecida.

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Lo primero, han de ponerse en manos de un abogado, que les ayude con esta cuestión, compleja... En cuanto a la venta, si puede ser considerado alzamiento de bienes, en algunos casos...

En cuanto al pago, tendra que negociar con la entidad bancaria ella misma, asesorada por su abogado, y anular el poder... Si negocia tendra muchos menos gastos, que si hay ejecuciones... principalmente por el tema de las costas judiciales...

Ademas, debera reclamar a su exmarido, por estos importes...

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