Es una posibilidad, pero al final de la ejecución hipotecaria y una vez adjudicado el piso al banco, le pueden embargar por la cantidad no cobrada. El artículo 1911 del código civil establece que usted garantiza la devolución de un préstamo con todos sus bienes presentes y futuros. De modo que tanto ahora como en el futuro, dado que las deudas no prescriben hasta los 15 años, puede ser embargable todo ese tiempo.
Puede vender el coche, puede pasarlo a nombre de un tercero y con ello aumentar las posibilidades de una demanda por alzamiento de bienes, al margen del coste económico que tiene.
Puede optar por otra cosa, intentar que la imposibilidad de pagar la hipoteca no le deje con deudas a futuro y pagar su coche con tranquilidad.