Desahucio por dación en pago
Soy española por nacionalización, latinoamericana de origen. Debido a temas personales tuve que viajar de improviso a mi país y deje de pagar las cuotas de la hipoteca. Negocie con el banco una dación en pago y estamos a punto de firmarla.
Sin embargo ahora se ha resuelto mi situación y he vuelto a españa. El banco no me da opción de renegociar sino que exige el pago de todas las cuotas atrasadas, que me resulta imposible, caso contrario continuamos con la dación en pago.
Tengo tres hijos, de 18, 15 y 2 años de edad. El piso ha sido nuestra vivienda habitual por varios años, estamos empadronados allí (cuando nos fuimos no nos borramos del padrón).
Mi pregunta es, una vez que se firme la dación en pago, ¿cuánto tiempo podemos quedarnos en la vivienda? ¿Sera necesario un juicio de desahucio si no pudiéramos mudarnos? ¿Cuánto se puede prolongar esto? Todavía no tenemos medios para afrontar la mudanza, garantía, alquiler, etc.
Sin embargo ahora se ha resuelto mi situación y he vuelto a españa. El banco no me da opción de renegociar sino que exige el pago de todas las cuotas atrasadas, que me resulta imposible, caso contrario continuamos con la dación en pago.
Tengo tres hijos, de 18, 15 y 2 años de edad. El piso ha sido nuestra vivienda habitual por varios años, estamos empadronados allí (cuando nos fuimos no nos borramos del padrón).
Mi pregunta es, una vez que se firme la dación en pago, ¿cuánto tiempo podemos quedarnos en la vivienda? ¿Sera necesario un juicio de desahucio si no pudiéramos mudarnos? ¿Cuánto se puede prolongar esto? Todavía no tenemos medios para afrontar la mudanza, garantía, alquiler, etc.
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Respuesta de rogeliomaria
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