Necesito consejo con la venta de mi piso con Hipoteca a un cliente que tiene el dinero en metálico

Voy a vender mi piso a un particular que tiene el dinero (no necesita hipoteca). Mi piso tiene una hipoteca que cancelaré con el dinero que me entregará.
La hipoteca la tengo en ibanesto y me han dicho que el día de la firma no vendrá apoderado, que tengo ingresar el cheque y luego cancelar. En fin...un lío.
Pongo el ejemplo y me dices si algo está mal:
Firma el día 15. Pido entonces a ibanesto un certificado de deuda para el día 15+3 = 18.
Venta 150.000 y queda de hipoteca para ese día 100.000.
Entonces, ¿le digo al comprador que lleve el día de la firma un cheque de 100.000? ¿A nombre del banco ibanesto? (Esto no sé qué es) y otro de 50.000 a mi nombre. Y entonces se puede firmar todo sin problemas, ingresar el cheque y a los 3 días dejar la hipoteca a cero. ¿Esto es correcto?.
Mi pregunta es cómo le digo que tiene que 'crear' el cheque del banco. Y otra pregunta es...¿no sería mejor un único cheque de 150.000? ¿A mi nombre? Ya que lo voy a ingresar todo en la misma cuenta y 3 días después cancelaré la deuda.
Una vez cancelada, ¿son los de ibanesto los que tienen que hacer que en la escritura conste de que ya está pagado todo?!.

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Pides el certificado de deuda con fecha valor 18, y le dices al comprador que tiene que pedir a su banco un cheque bancario por ese importe y a nombre del Banco Español de Crédito.
El cheque por el importe restante a tu nombre.
Aunque después se ingresen los dos cheques en tu cuenta, se debe de hacer así. Se ingresan los dos cheques en tu cuenta por facilidad administrativa para el banco, pero un importe lo cobras tu y el otro lo cobra el banco.
Muchas gracias.
Entonces entiendo que el notario lo pone en la escritura y no hay problemas de que se cancele 3 días después a la firma ¿no?
Después de eso..¿tengo qué hacer algo más?
¿Pedir certificado de deuda cero? ¿O eso ya se encarga mi banco?
Y la última (de verdad que me estás salvando la vida y la úlcera que me va a salir), un cheque bancario a nombre de banesto lo ingreso en mi cuenta... pero... entonces, ¿para qué está a nombre del banco? Ya que en cuando se convierta en dinero está en mi cuenta y podría usarlo yo ¿no? ¿O va especificado el uso que se le va a dar al dinero en dicha cuenta? Es decir, ¿tengo qué darle al comprador el número de mi crédito?
Gracias again
A partir de ahí, el banco con el dinero cobrado tiene que proceder a la cancelación registral de la hipoteca. Tardarán tiempo en hacerlo y para ello te pedirán que les hagas una provisión de fondos para los gastos de notaría y registro.
Tu banco no emitirá un certificado de deuda cero, porque ya ha cobrado y cancelará la deuda.
De todas formas no estés preocupado, la preocupación es para el comprador que está entregando el dinero.
A la última pregunta, si hubieras sido cliente de la oficina donde yo estaba, no hubieras podido disponer ya que, al mismo tiempo que se ingresa, se pone en la cuenta que dicho importe es indisponible.
Pero me extraña todo el proceso, pues lo más normal es que el comprador, a través de su banco, hiciera una transferencia ese día, vía Banco de España a Banesto, para la cancelación del préstamo.
Pero, bueno cada uno sabe lo que se hace.
Muchas gracias.
Lo de la transferencia vía banco de españa también me lo han comentado en ibanesto. Se lo comentaré al comprador por si lo quiere hacer así y listo.
¡Hasta otra!

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