Discrepancia en clausula suelo en hipoteca subrogada

Bunas tardes Aurora,
Tengo una hipoteca con el BBVA y tengo con ellos la discusión de si tiene o no clausula suelo.
Yo me subrogué a la hipoteca que tenía con ellos la Constructora que hizo los pisos. En mis escrituras aparecen en primer lugar las condiciones de la hipoteca primitiva de la constructora con el BBVA, que tiene un apartado dentro del tipo de interés que se titula "Límites a la variación del tipo de interés" y que les establece un suelo del 3,5% y un techo del 12%. A continuación indica que yo me subrogo por el importe de mi piso a la hipoteca primitiva, con las modificaciones que se establecen en mis escrituras. A continuación pone literalmente: CLAUSULAS NUEVAS: y entre ellas está el tipo de interés, el plazo de devolución, los periodos de interés, y hay una clausula que tiene el mismo titulo de "Límite a la variación del tipo de interés". En esta clausula nueva lo que dice es lo siguiente: " A efectos exclusivamente hipotecarios, actuarán como tipos máximos de intereses ordinarios y moratorios los que sirvieron para fijar la responsabilidad por intereses en la escritura de constitución de hipoteca. Dichas limitaciones no serán de aplicación a efectos obligacionales entre las partes, teniendo carácter de ilimitada la responsabilidad de la parte prestataria frente al Banco."
En el BBVA me dicen que está clarísimo que tengo suelo de 3,5% porque me he subrogado, pero yo lo que veo es que sí, me he subrogado, pero con modificaciones, y que entre las clausulas nuevas, y que por tanto entiendo que anulan a las homologas de la hipoteca primitiva y que a mi me aplican las mías, está esta de la variación del tipo de interés y que a mi solo me lo han limitado por encima, estableciendo claramente máximos, pero no estableciendo mínimos.
A ver si me puedes decir cual es tu opinión como experta, si tengo derecho a que no me apliquen un suelo que yo creo que no tengo, o por lo menos que no está tan claro como dicen ellos que lo tenga.
Saludos y gracias de antemano por tu ayuda
Paula

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Entiendo perfectamente lo que me quieres decir, y bajo el punto de vista sobre el que lo ves tendrías razón. Pero una hipoteca es un acuerdo mucho más complejo de lo que parece a simple vista. Aunque en tus clausulas nuevas aparezca esta con el mismo titulo de limite a la variación del tipo de interés, son dos intereses completamente distintos, uno es el interés aplicable a ti como deudor y esta es el interés de la responsabilidad hipotecaria. Cuando te esta diciendo; "A efectos exclusivamente hipotecarios... te esta hablando de otra cosa muy distinta al interés ordinario, osea al suelo o al techo, y esta clausula solo modifica la anterior en la que habla de lo mismo, la responsabilidad hipotecaria. En todas las hipotecas esta esta clausula (obligatoria por ley) bajo ese titulo u otro muy similar, y en aquellas hipotecas que tienen suelo (no todas) aparece otra clausula con el mismo titulo cuando se habla del interés aplicable al deudor. No se si me estoy explicando bien, pero por desgracia para ti el banco tiene razón. Este interés no anula el otro interés pactado anteriormente.
Esta es la definición de la cláusula nueva que tienes:
Tipo máximo a efectos hipotecarios : este tipo máximo se establece por imperativo legal, ya que hay que establecer el máximo garantizado por una hipoteca en el momento de su firma (aunque en ese momento no se conoce el tipo de interés futuro). Este tipo opera a efectos de ejecución de la garantía hipotecaria y también actúa frente a terceros; pero en ningún caso tiene efectos sobre el propio deudor, que no estará limitado por este tipo de interés. Se suele establecer por adición al tipo inicial de un cierto diferencial (habitualmente entre 4 y 7 puntos). Por tanto, siempre tenemos en las escrituras un tipo máximo a efectos hipotecarios; pero que no implica que el préstamo tenga un tipo máximo
Como ves solo modifica lo anterior que es lo mismo, no puede modificar otro interés. Los gabinetes jurídicos de los bancos son la "ostia", lo tienen bien atado todo casi siempre.

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