Casa con dos cargas hipotecarias personales

He visto una casa en un pueblo de la sierra norte de Sevilla que tiene dos cargas hipotecarias de dos prestamistas. El total de las dos deudas es de unos 35.000 euros pero el precio que negocié es de 27000, (menos que la cuantía de los prestamos). El abogado del dueño me dice que los prestamistas dicen estar de acuerdo en renunciar a la totalidad de la deuda, recibiendo la cantidad que yo ofrezco. Aunque el procedimiento no es el más adecuado: quieren recibir el dinero en efectivo, antes de entrar en notaria y firmar un documento privado, para posteriormente entregárselo al Notario y esta dar (o no) fe de ello. Creo que existe un procedimiento más seguro para mi que es que todos estemos en la notaría y todos firmen ante notario, aunque todo parece indicar que no quieren declarar.
Aparte de todo esto, uno de los prestamistas interpuso una demanda al propietario, ya que la devolución del préstamo llevaba ya dos años vencido.
No intento poner en prueba a nadie, y les aseguro que esto existe, incluso con otros agravantes, aunque estos no afectan a las escrituras de la casa.

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Esté tranquilo, conozco bien la manera de trabajar de los prestamistas. No tiene más misterio que el de cualquier otra deuda.
Conviene, no obstante, matizar lo que se supone que quieren hacer. Si va a firmar usted con el propietario y de acuerdo con los acreedores una compraventa, La Ley obliga a justificar el día de la Notaría de dónde proceden los fondos. Tiene que acudir con unc heque Bancario a favor del acreedor y pagarle por cuenta del deudor.
Si le piden que pague antes de entrar en Notaría, NI HABLAR. ¿Ha quedado claro?. La segunda cuestión. La vivienda tiene unas cargas, de modo que no comprará libre de cargas si no se aporta justificante de pago al acreedor y este declara haber recibido ese dinero. Si no se hace así, podrían reclamarle su pago de manera indefinida.
La tercera, Si ademas una de las cargas está reclamada judicialmente, por fuerza ha de desistirse de ese procedimiento y o bien lo hace usted con su abogado o se aprovecha de los personados en el procedimiento.
Hola, ante todo, gracias¡. Me parece muy útil su información. Aunque necesitaría una aclaración. Cuando ud. dice "aportar justificante de pago" al acreedor, ¿qué documento es ese? ¿Dónde lo reclamo?. ¿Tienen qué estar los prestamistas en Notaría y firmar las escrituras?.
Me gustaría detallarle que es el abogado del propietario quien me propuso este procedimiento de pagar en efectivo, cosa que me sonó bastante mal. Aunque el me contó algo como que si lo hacíamos de la otra manera, (con los prestamistas en la Notaria) habría que hacer unas segundas escrituras o algo así. Este señor después de esta propuesta, me dio a desconfiar. Claro está que necesitaré un abogado para hacer esto, solo necesito que me lo sugieran y me den seguridad de que todo va a salir bien. Gracias de nuevo.
No conozco al abogado del vendedor, pero me reafirmo en lo dicho. Yo le hablo desde la experiencia y habiendo cancelado muchas de estas. Lo normal es que no tenga problemas, pero hay que sentar las bases.
No necesita acudir a la ilegalidad para comprar y el vendedor no necesita plegarse a los deseos de los prestamistas. La carta de pago se firma en la Notaría y si no es así, no se firma. Como hay procedimiento judicial, se puede hacer algo más que ir al Notario, en tanto que puede ser el juez el garante de la operación. Esto no se lo voy a explicar porque forma parte de mi trabajo, pero decirle que es posible una alternativa adicional.
Muchas gracias por su información. Con esto ya voy más seguro y me da fiabilidad a la hora de aventurarme en esto. Le agradezco su ayuda. Me ha parecido muy útil. Gracias.

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