Sustitutivo del sustitutivo de IRPH cajas en mi hipoteca
Mi hipoteca esta referenciada al IRPH + 0.4 y como sustitutivo Tar del CECA +2, y si este falla me pone literal "a cada uno de los periodos de interés siguiente se aplicará el tipo de
Interés en aquel momento vigente, el cual se mantendrá fijo hasta que, a
Tenor de lo pactado, sea factible su variación".
Mi duda sobretodo radica en la última frase "a tenor de lo pactado, sea factible su variación".
He ido al banco y no han "podido" darme una respuesta y que consultarán con el servicio jurídico. No me gustaría que me la volvieran a "colar" y quisiera saber que puedo hacer al respecto, porqué según entiendo me tendría que quedar el último tipo de interés aplicado hasta el fin del plazo.
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Respuesta de Abogados Edo
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