Notificación de embargo por deuda

El juzgado me ha enviado una notificación, de embargo de ctas por una deuda pendiente de pago: Devoluciones de Hacienda, bienes materiales, etc...

En la actualidad, estoy cobrando solo los 426 E, y deseaba saber si me pueden embargar el subsidio. Son los únicos ingresos que percibo desde hace unos años.

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No, debe comunicar tal circunstancia al juzgado para evitar el embargo.

Gracias por la atención prestada.

Saludos

Distinguidos Sres:

Hace años, el BBVA, se quedo con el piso que teníamos, por una deuda contraída, ahora me reclaman una cantidad por gastos de gestión, y de no pagarla me dicen que embargaran bienes que poseamos. Mi pregunta es si pueden: EMBARGAR UNA CTA BANCARIA DE MI HIJA, DONDE FIGURA COMO " COTITULAR " MI ESPOSA, El préstamo lo pedimos a nombre de los dos en su momento.

Agradeciendo de antemano la atención prestada, reciban un cordial saludo.

Podría embargarse por el hecho de que su esposa es cotitular. No obstante, pueden ustedes oponerse al banco en el proceso, máxime si es una deuda de hace unos años, cuando la normativa para los deudores hipotecarios era mas favorable.

Recuerde que puede usted oponerse tan pronto como reciban la comunicación del juzgado. Por otra parte, el umbral inembargable para un deudor hipotecario es de 900 € aproximadamente, por lo que, salvo que sus actuales ingresos sean mayores, no podrán embargarles.

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