Mi padre está mayor y por la venta de unos inmuebles tiene en la cuenta bastante dinero, el quiere repartir el dinero entre mi hermano y yo. ¿Cómo tributa este acto?. Gracias por ayudarme, un saludo
La manera legal de repartir es como DONACIÓN, y es caro, para que te hagas una idea 159634 euros pagarían 23.063 a la Consejería de Hacienda, y 239.389 pagarían 40.011 euros. Si tu padre tiene por ejemplo 70 años, podía haceros un préstamo a cada uno a devolver en diez años, mediante documento ante Notario. El problema es que si vuestro padre fallece antes de esos 10 años, la parte de prestamno NO DEVUELTA OFICIALMENTE, habría que incluirla en la herencia como una cantidad más y tributar, pero si pasan más de cuatro años antes del fallecimiento podéis dejar arreglado un papel en el que reconozca que ya no le debéis nada. Ten en cuenta que hacienda siempre puede reclamar CUATRO años atrás. Por otra parte las liberalidades ( cantidades pequeñas que vuestro padfe os pueda ir dando ( no hay quien las controle ) no tributarían. Espero haber ayudado aunque sea un poco, Por favor puntúame la respuesta. Es muy importante para mi.