Duda renta 2004

Según la ayuda en el programa PADRE, ¿el mínimo para estar obligado a declarar ingresos tanto en tributación individual o conjunta son 22.000?. ¿Si yo he ganado 26.000 y mi mujer 6000?, ¿Estoy obligado a declarar sus ingresos en declaración conjunta?
Muchas gracias

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Efectivamente tú estas obligado a declarar pero tu mujer no.
Así que podéis probar de hacer la declaración y ver cómo os resulta mejor.
Al indicar que estas casado para introducir los datos te obliga a hacerlo en la modalidad "conjunta" o de "unidad familiar", pero luego puedes ver el resumen de resultados y elegir la opción más conveniente "individual o conjunta" según os convenga
Al introducir los datos debes indicar de quien provienen, es decir, si son del declarante (tuyos) o si son del cónyuge (los 6000 de tu mujer) o si son comunes (hijos, ¿hipoteca?) Etc.
Si luego al imprimir la renta eliges la opción individual, el programa cuando saca tu declaración elimina todos los importes del cónyuge.
Gracias por la respuesta.
¿En el fondo mi duda era que si haciéndola conjunta estoy obligado a declarar los 6000? De mi mujer, ya que PADRE textualmente dice "mínimo tanto en declaración conjunta como en individual"
Gracias y un saludo
Otra vez
Si tu mujer ha tenido esos ingresos los debéis declarar,
Si hacéis dclaraciones individuales, ella no esta obligada a declarar, pero
no puedes hacer una declaración conjunta y omitir sus ingresos.

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