Pago trimestral

Soy nuevo en todo esto así que quizás mi pregunta te resulte algo extraña. Antes de nada te pongo en antecedentes, soy arquitecto técnico recién titulado, acabo de darme de alta en hacienda como profesional libre, modelo 0.36, de esto hace apenas 20 días, y ahora he de hacer mi primera declaración de esas que debo hacer cada tres meses, pero desconozco totalmente que he de hacer. Trabajo como colaborador de un arquitecto realizando tasaciones, y de moomento aun no he cobrado nada puesto que pienso que si cobro ya antes de hacer la declaración esta, sin haber tenido ningún gasto, es posible que me salga positiva y tenga que pagar algo.
Mi duda reside ahí, no se como he de hacer esta declaración trimestral, no se que modelo de declaración de pedir, y no se en función a que y por que me salfrá esta negativa o positiva, aunque supongo que me deberá salir negativa, pero tampoco lo se seguro.
Le agradecería que solucionase en la medida de lo posible el mogollón de ideas que tengo mezcladas.
Respuesta
1
Si no has cobrado nada, presenta la declaración trimestral "sin actividad" y punto.
Ahora, si has tenido algún gasto... presentala y te saldrá negativa... no tiene mayor complicación.

3 respuestas más de otros expertos

Respuesta
1
Lo primero que hay que ver es si en el modelo 036 ha marcado la obligación de presentar declaraciones modelo 130 (pagos fraccionados). Una vez comprobado esto tiene que hacer varias cosas.
1,. Declaración de IVA modelo 300, donde se declara la dioferencia entre el IVA cobrado y el gastado en el trimestre, dependiendo de cual cantidad sea mayor será negativa o positiva.
2.- Si ha marcado la obligación del modelo 130, tendrá que efectuar este y se calcula mediante la diferencia entre lo cobrado y lo gastado y tendría que pagar un 20% de esta diferencia. Si no ha marcado esta obligación, no tiene que presentar este modelo.
Tenga en cuenta que aunque salgan negativo tiene que presentar el modelo 300 de IVA y el 130 (dependiendo si lo ha marcado o no)
Recuerde que tiene que llevar los libros contables de facturas emitidas y recibidas.
Respuesta
1
Debes presentar trimestralmente el modelo 130.
Tienes de plazo los 20 primeros días de los meses de abril, julio y octubre, respectivamente para 1º, 2º y 3º trimestre, mientras que para el cuarto trimestre el período de presentación concluye el 30 de enero.
El ingreso a cuenta será el 20 por 100 del rendimiento neto (ingresos menos gastos ) correspondiente al período de tiempo transcurrido desde el primer día del año hasta el último día del trimestre a que se refiere el pago fraccionado.
De la cantidad resultante se deducirán:
- Los pagos fraccionados ingresados por los trimestres anteriores del mismo año.
- Las retenciones practicadas y los ingresos a cuenta efectuados correspondientes al período de tiempo comprendido entre el primer día del año hasta el último día del trimestre al que se refiera el pago fraccionado
Ten en cuenta que hay que presentarla aunque te de negativo o cero.
Respuesta
1
En principio, si no tienes mucha idea de fiscalidad, yo te recomendaría que te pusieras en manos de profesionales, es decir, contratar una gestoría que te lleve todo el papeleo pues verás que el tema es altamente complejo. De todas formas voy a intentar explicarte por aquí tus obligaciones como profesional.
Lo primero es decirte que los profesionales no están obligados a llevar contabilidad, pero sí registro de facturas recibidas y emitidas, es decir, un listado de las mismas.
En cuanto al IVA, estás obligado a presentar trimestralmente el modelo 300 donde declaras todas las facturas que has emitido y te deduces el IVA que has pagado. Anualmente tienes obligación del presentar el modelo 390 que es un resumen de los 300 elaborados durante todo el año. Lo que te toque a pagar es la diferencia entre el IVA repercutido (facturas emitidas) y el IVA deducible (facturas recibidas).
En cuanto a los pagos a cuenta, habría que ver si las facturas que emites llevan retención o no, y dependiendo de eso estarías obligado a presentarlos.
No sé si tienes subcontratado a alguien, si es así tendrías que elaborar también trimestralmente el modelo 110 (retenciones) y anualmente el modelo 190 recapitulativo del anterior.
En cuanto a la declaración de la renta. En ella tendrías que reflejar todos los ingresos, y deducirte todos los gastos que soportes, rellenarías las casillas que corresponden a rendimientos de actividades económicas.
Como verás es todo muy mecánico, pero para explicarlo por aquí es demasiado complejo.
Te recomiendo de todas formas que mires la página de la agencia tributaria, para el calendario del contribuyente y para que veas los modelos.
En cuanto a este trimestre, en principio tendrías que presentar sólo el 300 (IVA) y la cantidad a pagar será la diferencia entre el IVA de las facturas que has emitido y el IVA de las facturas que has recibido (de operaciones necesarias para tu actividad).
Siento no serte de mucha ayuda, pero si tienes alguna duda más concreta puedes hacérmela.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas