Deducción

Hola,
Una pregunta acerca de mi situación.
Hasta hoy nunca me he beneficiado de una cuenta vivienda. En Febrero empecé a hacer aportaciones a una cooperativa para la compra de un piso. ¿Estas a día 31 de diciembre ascienden a unos 24000?. El piso me lo darán para 2011.
¿Qué me saldría mejor deducirme esta cantidad por compra de piso? ¿Cuántos años podría beneficiarme de esto? O ¿Seria mejor reconocer una cantidad que tengo en el banco como cuenta vivienda?
Gracias y saludos.

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Respuesta
La legislación tributaria es muy cambiante. Nadie le puede asegurar si la deducción por adquisición de vivienda habitual se mantendrá en el 2011. La tendencia es su eliminación progresiva.
Teniendo en cuenta lo anterior, te recomendaría que aplicara las deducciones actuales al máximo posible.
El límite actual son 9000 euros anuales por año. Tiene 4 años para adquirir la vivienda en los que podrá deducirse por cuestiones de aportaciones al promotor o cuenta vivienda. En el momento de la compra, según la normativa actual, podrá deducirse por los pagos del préstamo hipotecario.
¿Entonces qué me recomienda? Porque también he oído que iban a ampliar a 6 los años la cuenta vivienda.
Por ambas partes me deduciría el máximo (9000) tanto por cuenta vivienda tanto como por aportación a promotor.
Yo pienso que podría deducirme este año 9000 por cuenta vivienda y así todos los años hasta que me den la casa (hasta agotar 4) y cuando me la den deducirme por aportación a promotor. ¿Qué piensa?
¿Se puede deducir 4 años por cuenta vivienda y luego alguno más por aportación a promotor?
El limite es 9000 euros hasta que adquiera su vivienda. En el momento de la compra, se podrá deducir por los pagos del préstamo hipotecario hasta que lo amortices totalmente.
Si, ya se que el limite son 9000/año, pero yo pregunto si se puede tener 4 años cuenta vivienda y luego algún año más deducirse por aportación a promotora (cuando se da el caso de que se retrasa la construcción) hasta que se hace en firme el contrato compraventa.
No, desde el ejercicio que aportas a la cuenta vivienda, tienes 4 años para escriturar la vivienda.
No se podrá aplicar más deducción. Además, si se retrasare la obra más allá de los 4 años, lo tendrá que justificar ante Hacienda debidamente en los primeros 30 días desde el incumplimiento. Y si la Administración lo estima, le darán 4 años. Si no, ud perdería la deducción aplicada, por lo que le liquidarán por la deducción indebida, junto con los intereses de demora y la correspondiente sanción.
¿Entonces en mi situación que ya he pagado más de 24.000 a la promotora me conviene hacer la cuenta vivienda ya que hasta 2011 mínimo no me lo dan?
¿Por qué si deduzco por cantidades aportadas solo podría este año y el que viene ya tendría que tener el piso?
Yo creo que lo que necesita es acudir a un asesor fiscal en persona para que, con los papeles delante, le pueda recomendar una estrategia.

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