Cálculo prorrata IVA ¿Se incluyen las exportaciones o hay alguna regla que indique cuando se deben incluir?
En el cálculo de la prorrata general, ¿se incluyen las exportaciones o hay alguna regla que indique cuando se deben incluir?
¿Me podéis ayudar?
¿Este ejercicio está bien resuelto?
Ventas interiores con derecho a deducción 1.000.000
Ventas interiores sin derecho a deducción 90.000
Exportaciones 400.000
Venta inmovilizado 120.000
Prorrata= [(1.000.000+400.000)/(1.000.000+400.000+90.000)]*100 Prorrata=94%
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¿Este ejercicio está bien resuelto?
Ventas interiores con derecho a deducción 1.000.000
Ventas interiores sin derecho a deducción 90.000
Exportaciones 400.000
Venta inmovilizado 120.000
Prorrata= [(1.000.000+400.000)/(1.000.000+400.000+90.000)]*100 Prorrata=94%
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Respuesta de manucarche
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