¿El recargo equivalencia depende del tipo de negocio?
Me surge una nueva duda. Hasta hace poco tenía un bar y estaba como autónomo, ahora mismo llevo dado de baja 5 meses; me acogí a la modalidad de estimación objetiva (módulos). Trimestralmente pagaba IVA e IRPF en función de lo que tuviera declarado (m2 de local, empleados, mesas, potencia luz contratada, etc.), a su vez le iba entregando a mi contable las facturas de compras a proveedores y demás gastos para poder desgravarme el IVA.
Mi pregunta es la siguiente y tiene que ver con la que le hice anteriormente:
Porqué yo estando en estimación objetiva puedo desgravarme el IVA y mi padre que tiene un comercio de muebles y también está en estamación objetiva, aplicándosele además obligatoriamente el 4 % de recargo de equivalencia en las compras, no.
No lo entiendo, porque además de que en las facturas que le hacen los proveedores le cargan un 4% de más aparte del IVA, no se puede desgravar dicho IVA.
Bien ya se que él se beneficia de que no tiene que declarar el IVA a Hacienda pero yo tampoco tenía que hacerlo y sin embargo sí que podía desgravármelo.
Mi pregunta es la siguiente y tiene que ver con la que le hice anteriormente:
Porqué yo estando en estimación objetiva puedo desgravarme el IVA y mi padre que tiene un comercio de muebles y también está en estamación objetiva, aplicándosele además obligatoriamente el 4 % de recargo de equivalencia en las compras, no.
No lo entiendo, porque además de que en las facturas que le hacen los proveedores le cargan un 4% de más aparte del IVA, no se puede desgravar dicho IVA.
Bien ya se que él se beneficia de que no tiene que declarar el IVA a Hacienda pero yo tampoco tenía que hacerlo y sin embargo sí que podía desgravármelo.
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Respuesta de flopezzafra
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