Justificar ingesos agrarios
Mi madre esta cotizando por el régimen especial de trabajadores por cuanta propia/agrarios, lleva 6 años y lo que hace ella es: criar pollos, gallinas, cerdos; sembrar: patatas, maíz, hortalizas y gran parte de lo que recolecta lo vende a vecinos, amigos, etc, no tiene más ingresos que estos, entre mi hermano y yo, le echamos una mano en lo que le haga falta. Entendemos que con esas ventas no llega al mínimo exigido por hacienda para presentar declaración de la renta, pero le llegó una carta de TGSS donde le piden que:
Conforme a lo establecido en el art 47 bis del Real Decreto 84/1996 de 26 de enero, en la modificación introducida por el Real Decreto 1382/2008 de 1 de agosto... Corresponde a la TGSS verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para la permanencia en dicho sistema.
Como no se ha presentado declaración 2007, no tienen constancia de presentación de impuesto de la renta, la administración tributaria ha indicado a la RGSS la inexistencia respecto a que no se ha dado información sobre rentas agrarias y se ruega en el plazo de 10 días la declaración del impuesto de la Renta de correspondientes a 2007 y 2008 o cualquier documento justificativo de la existencia de rentas procedentes a la actividad agraria. Si no se justifica o no se atiende se procederá a causar su baja en el sistema especial para trabajadores o cuenta propia agrarios.
Que debe presentar para justificar estos ingresos, dado que se venden las cosas, pero no tengo justificante de estas ventas y cuanto serian los ingresos anuales de agraria que debo tener para seguir incluida en este régimen, sin estar obligada a presentar impuesto sobre la renta
Conforme a lo establecido en el art 47 bis del Real Decreto 84/1996 de 26 de enero, en la modificación introducida por el Real Decreto 1382/2008 de 1 de agosto... Corresponde a la TGSS verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para la permanencia en dicho sistema.
Como no se ha presentado declaración 2007, no tienen constancia de presentación de impuesto de la renta, la administración tributaria ha indicado a la RGSS la inexistencia respecto a que no se ha dado información sobre rentas agrarias y se ruega en el plazo de 10 días la declaración del impuesto de la Renta de correspondientes a 2007 y 2008 o cualquier documento justificativo de la existencia de rentas procedentes a la actividad agraria. Si no se justifica o no se atiende se procederá a causar su baja en el sistema especial para trabajadores o cuenta propia agrarios.
Que debe presentar para justificar estos ingresos, dado que se venden las cosas, pero no tengo justificante de estas ventas y cuanto serian los ingresos anuales de agraria que debo tener para seguir incluida en este régimen, sin estar obligada a presentar impuesto sobre la renta
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