Desgravación de hacienda

Hola hace 7 años compré un piso por el que me desgravé los gastos de aquella operación (notario, etc.); ese piso lo vendí en diciembre de 2008 y he adquirido otro piso en julio de 2009, ¿me gustaría saber si los gastos de la operación de 2009 los puedo volver a desgravar este año cuando realice la declaración de este año?
Gracias.

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Si puedes pero no en su totalidad. Por que hacienda te descuenta todas las cantidades que te desgravaste de tu anterior vivienda de la nueva. Por que si no habría un caso de doble desgravación.
No entiendo muy bien cuando dice que todo no. ¿Podría poner algún ejemplo?
A ver. Si tu te compras un piso en el año 2000 y lo vendes en el año 2010. En las declaraciones de la renta de todos esos años te has degravado, imaginate 10000 euros
En el años 2010 te compras una nueva vivienda por valor de 100000, que podrías degravarte en su totalidad hasta un máximo de 9015 euros por año.
Pues bien, para hacienda de los 100000 euros que te ha costado la nueva vivienda, solo podrás degravarte 90000, por que 10000 te los desgravaste ya con tu anterior vivienda, por tanto de cada año solo podrás degravarte el 90%
No se si me he explicado.

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