Compensación de perdidas
¿En el año 2006 vendí un fondo comprado en el año 2.000 y sufrí una perdida patrimonial de 10.000? . Desde entonces no he realizado ninguna venta, por tanto no he tenido ni ganancias ni pérdidas. ¿Puedo tener en cuenta en la declaración del 2.009 dicha pérdida si no he tenido ganancias, sólo rendimientos de trabajo, de cuentas bancarias y de capital mobiliario?, ¿Cuál es el período máximo, 4 años, para compensar esa pérdida? ¿Es decir podría esperar hasta mayo de 2.011 en el caso de no poderlo meter ahora?. Gracias.
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Respuesta de davidsierra
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