Contrato de arras anulado

Realice un contrato de arras para la venta de un piso. Ahora me dice el comprador que ya no esta interesado y que me puedo quedar con el dinero. Mi preocupación, es que llegue el tope del plazo dado en el citado contrato y el comprador pueda alegar alguna cosa, en principio el se encargaba de notario, banco, etc. Y me avisaría para escriturar. ¿Debo hacer algún papeleo para no llevarme alguna sorpresa?. Aprovecho la ocasión para una segunda pregunta: ¿El dinero que he recibido, cuenta el año que viene como incremento patrimonial?, si es así, me sirve de algo usarlo para aminorar un préstamo hipotecario que tengo de una segunda vivienda.

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El contrato de arras se anula por parte del que tiene la opción de compra o bien por manifiesto por escrito de su desistimiento o por inacción a la fecha convenida. Le recomiendo que pida la negativa por escrito o en otro caso actúe como si siguiera en vigor hasta la fecha convenida.
El dinero que se queda debería declararlo como incremento patrimonial y no sirve de nada, fiscalmente hablando, minorar el préstamo de una segunda vivienda.
Ya le he pedido la negativa por escrito, pero parece que pasa de todo. Así que llegada la fecha convenida, ¿entiendo qué puedo hacer lo que quiera con el inmueble? . ¿En cuánto al dinero me recomiendas algo que hacer para el tema de la fiscalidad? ¿Si vendiera el piso este mismo año ese dinero seria incremento patrimonial o se sumaria al precio de venta del inmueble? Gracias de antemano.
Si a la fecha de finalización del contrato no hay respuesta por la otra parte, este quedará anulado, ya que el contrato le compromete a usted sólo hasta esa fecha.
El incremento patrimonial del dinero del contrato es totalmente independiente de la venta del piso si ésta no se produce como resolución de ese contrato de arras. Es decir, si se queda el dinero de la señal, y posteriormente vende el piso a otras personas son cosas totalmente distintas y tributan por separado.
Lo único que se puede hacer para reducir el impacto fiscal es lo mismo que en cualquier declaración, tener préstamo de vivienda habitual, aportación a plan de pensiones... tener un hijo y poco más.

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