Cobro anticipado deducción maternidad
Tengo dudas sobre como proceder ante una comunicación que he recibido de Hacienda hace 1 semana y por la que tengo de tiempo un mes para presentar recurso, en la que me comunican "exclusión de cobro anticipado por deducción de maternidad por no haber cotizado los días necesarios en la seguridad social". El caso es que en el 2008, tras agotar mi permiso de maternidad solicité una excedencia por cuidado de hijos de agosto del 2008 hasta enero 2009 ambos incluidos. Cuando dí a luz presenté el modelo 140 y percibí los 100E de manera anticipada hasta julio del 2009, pero por desconocimiento no comuniqué mi situación de excedencia (cosa que ahora que me he informado he averiguado que tenía que haber hecho en 15 días desde la variación de situación). El caso es que automáticamente dejé de percibir los 100E y pensé que no debía hacer nada. En mi declaración de la renta del 2008 indiqué los meses que me correspondía la deducción y lo que percibí, con lo que hasta el momento todo correcto. De hecho, cuando comencé en Febrero del 2009 a trabajar no volví a presentar el 140 y no he percibido nada anticipadamente (voy a deducirme los 1100E correspondientes en la declaración de la renta). Pero como he comentado, la semana pasada recibí la comunicación y no se si debo presentar recurso indicando todo lo que he expuesto o directamente hacer la declaración de la renta tal y como corresponde, y sobre todo quiero saber si me pueden sancionar y si es así con cuanto por no haber comunicado aquella variación aunque no hubiese cobrado nada que no debiera.
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Respuesta de Federico Murolas Ruiz
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