Renta 2009

Estoy con la declaración de este año pero tengo unas dudas ya que la persona que me la hacia no puede.
En 2006 vendí mi antigua vivienda y cancele lo que me quedaba de hipoteca para comprar una nueva vivienda.
Año 2006.-
Precio vivienda antigua (30/08/99) = 78.131,57
Venta vivienda antigua (21/7/2006) = 228.000
Prestamo hiptecario pendiente = 54.327,22
Gastos venta (plusvalia) = 434,42
Entrega vivienda nueva = 154.373,68
Año 2008.-
Hipoteca de 120.000,00
Cantidades satisfechas nuevo prestamo = 7.719,80
En mi declaración del año 2006, estos son los datos que tengo:
Datos de mi declaración del 2006 (presentada en 2007)
Valor de trasmisión = 227.565,58
Valor de adquisición (actualizado) = 89.710,68
Ganancia patrimonial = 137.854,92
Ganancia exenta por reinmersión = 137.854,92
Importe obtenido por la trasmisión de la vivienda habitual que es susceptible de reinversión = 173.238,36
Importe reinvertido hasta el 31/12/2006 en la adquisición de la nueva vivienda habitual = 173.238,36
Ganancia patrimonial exenta por reinversión = 137.854,92
Todo esto es porque mi antiguo asesor me dijo que:
137.854,91 euros (ganacia patrimonial exenta por reinversión) + 78.131,57 euros (precio de la vieja vivienda) = 215.986,48 euros (base del precio de la nueva vivienda que no se puede deducir por adquisición de nueva vivienda)
Entonces si el precio de la nueva vivienda fueron 274.378,68 - 215.986,48 = 58.387,20 euros (base que se puede deducir)
Pagado hasta el 31/12/2008.-  154.373,68 + 7.719,50 (cuotas) = 162.093,48
215.986,48 - 162.093,48 = 53.893 euros (base del precio que no se puede deducir a 31/12/2008)
¿Qué puedo realmente desgravar en mi declaración de este año?

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Nos nha cosgtado un poco de trabajillo entender sus cuentas. Pero hay que separar dos temas, la exención de impuestos sobre la Ganancia Patrimonial de la antigua vivienda y lo que puede deducirs a partir de la venta de la antigua y y compra de la nuieva.
En cuanto a la ganancia Patrimonial dado que fue de 137.854.92 y el importe total de la venta neta, es decir 228.000 - 434,42 = 227.565,58, yn que Vd. reinvierte en una nueva por valor de 274.378,68, efectivamente está exenta sin ningún problema.
Ahjora bien la segunda parte es lo que Vd. puede deducir, que la cuenta es efectivamente el precio de la venta 227.565,58 - lo que liquidó de la hipoteca antigua = 57.327,22, es decir, 227.565,58 - 57.327,22 = 170.238,36, es la cangtidad que Vd.no puede deducir porla exención de la Ganmancia Patrimonial, ya que exige que el total de la venta me3nos la hipoteca pendientge se invierta en la nueva vivienda.
Por consiguiente como la nueva vivienda le ha costado según sus números 274.378,68 y no puede deducir por 170.238,36, lo que le queda por deducir de la nueva vivienda es la cantidad siguiente: 274.378,68 - 170.238,36 = 104.140,32.
Si en 2.008 pagó de la nueva vivienda 162.093,48, le quedaban por pagar en 2.009 la diferencia 274.378,68 - 162.093,48 = 112.285,20, si en 2.008 no se dedujo nada, todo lo que haya poagado en 2.009 se lo puede deducir y en los años siguientes hasta los 104.140,32.la pequeña diferencia entre 112.285,20 y 104.140,32 = 8.144,88 se la pujede descontar de lopagado en 2.009 (ya sabe que el tope son 9.015 por persona) o dejarlo plara el final.
En la confianza de haberle alcarado sus cuentas, nuestros cordeiales saludos.

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