Trabajo por cuenta ajena y venta de un cuadro.

Trabajo por cuenta ajena y en mis ratos libres pinto cuadros.
Desde hace un par de años me presento a un concurso de pintura de una entidad pública, en el que me seleccionan y finalmente me compran el cuadro. Para ello me piden una factura con el IVA incluido y me practican un 15% de retención a cuenta del IRPF. Todo ello sin estar dado de alta en el IAE porque desconocía totalmente la normativa y porque al tratarse de un concurso, hasta que no me llaman desconozco si la obra va a ser adquirida o no.
El año pasado me hicieron la declaración en hacienda sin problema, añadiéndome la actividad económica y la retención practicada.
Este año en hacienda me han dicho que no pueden hacerme la declaración porque no estoy dado de alta en el IAE, ni he declarado el IVA, además de indicarme que la del año pasado me la hicieron mal y que es posible que en los próximos 4 años me la revisen.
Mis preguntas son:
¿Qué debo hacer para regularizar mi situación?
¿Puedo darme de alta ahora en el IAE y declarar una factura del 2009? ¿Tengo qué darme de alta también en autónomos, en la Seguridad Social, aunque mi actividad no sea habitual y ya pertenezca al régimen general?
Estoy hecho un lío. Al final no me va a compensar vender el cuadro. No me importa pagar si me corresponde; pero quiero hacer las cosas dentro de la legalidad para evitarme sustos.

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Para la renta del 2009, Como no te puedes dar de alta con carácter retroactivo, comentarte, si la cantidad no es muy alta, deberías incluir (sumar) las cantidades de activ. Profesionales a las de rendimiento de trabajo, y hacer lo mismo con las retenciones, con lo que estás indicando que lo que has recibido como actividades profesionales son en realidad, rendimientos del trabajo.
El régimen general no es incompatible con la actividad profesional. Lo que no tengo tan claro es que te tengas que dar de alta en autónomos, y en caso de que te lo soliciten deberías hacerlo únicamente por el período de un mes (ya que por menos tiempo no se puede), y darte de alta en Actividades económicas seguro, pero creo que según tu actividad estás exento de pago, que no de retención.
Haces bien, la línea recta es la distancia más corta y cuando intentamos atajos a larga es perjudicial.
Muchas gracias por tu respuesta.
¿La cantidad fue de 1600? (Menos el 15% del IRPF).
Entonces... ¿debería sumar esa cantidad al importe íntegro de la retribuciones dinerarias y sumar la retención practicada a la retención del rendimiento del trabajo?
¿Puedo hacerlo aunque en los datos fiscales de hacienda me aparezca lo del cuadro como actividades económicas (pone que la clave es G1-ACTIV. PROF.)?
Muchas gracias de nuevo.
Un saludo.
Entra en modificación de borrador y suma las cantidades, una vez realizadas las modificaciones te dejará "confirmar borrador", Sí, estás cambiando una clave G1 en A, no hay problema, le estás diciendo a la agencia tributaria que la empresa que lo declaró se equivocó, por esas cantidades espero que no tengas ningún problema, y además no tienes ninguna opción mejor. La cantidad que has percibido es muy pequeña, por esa cantidad no te compensa presentar IAE ni, en su caso Autónomo, ni siquiera para un futuro, salvo que crezcan tus ingresos por pintar cuadros.

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