Impuesto del ibi

Tengo una duda respecto al impuesto del IBI y es el siguiente :
Yo y mis otros 2 hermanos tenemos un piso en madrid en propiedad (33% cada uno)pero como no llegamos a ningún acuerdo a la hora de pagar el IBI, ( porque el recibo viene solo a mi nombre y ellos 2 se niegan a pagarlo y se intentan escaquear...) voy a dejar que reclamen 3-4 veces como lo hacen los ayuntamientos en estos casos con sus correspondientes gastos de demora... Al principio primer aviso un 5% de interés de demora... Después un 10% y al final creo que un 20% si mal no recuerdo y luego al no hacerles ni caso... Te embargan de la cuenta del banco como si fuera una multa de trafico, por ejemplo.
Pero mi duda es... El pago del IBI por el piso es exactamente de 240 Euros y cuando nos embarguen de la cuenta...
Cada hermano tendrá un embargo de 80 Euros... O como el recibo-carta viene unicamente a mi nombre, ¿solo me embargarían ami con los 240 Euros a pagar?

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Lo lógico en tu caso, es que el ayuntamiento embargara un 33% a cada uno de los hermanos, aunque no siempre es la lógica lo que rige los ayuntamientos de nuestro país. Lo que supongo que harán (cada ayuntamiento actúa por su propio criterio), es embargar tu cuenta ya que es el nombre que les consta en sus archivos. Evidentemente tu podrías reclamar después esa parte que no te corresponde pagar, pero esta claro que para recuperar el dinero tendrás que armarte de paciencia y tramitar un papeleo injusto.
Lo que podrías hacer, avanzándote al problema, es ir al ayuntamiento con una copia de las escrituras y poner los impuestos a nombre de los 3 propietarios, además de explicar tu problemática, para que te digan cual es su manera de actuar en estos casos. Así sabrás a lo que atenerte en cualquier caso.
A) Y usted cree que si voy con las escritura del piso y expongo mi problemática con mis hermanos, ¿ellos (el ayuntamiento) pondrán los impuestos del Ibi a nombre de los 3 sin ningún problema? Ya que antes si iba a nombre de una sola persona el IBI pero a partir del 2009-¿2010 creo que ya puede ponerse el IBI a nombre de todos los propietarios no? O eso me dijeron en su día (un abogado)
B) Por otra parte, imagino que si cambio ahora julio de 2010, este cambio seria a tener en cuenta a partir del 1 de enero de 2011... ¿osease para el ibi del año que viene pero con este ibi de este año "1 de enero de 2010" no podrían cambiarlo a estas alturas y me tocaría pagarlo ami enterito ( sino hago papeleos de reclamaciones y esas cosas) no?
a) Como te decía, cada ayuntamiento hace las cosas a su manera, por eso no te aseguro su manera de actuar, pero según "la lógica", no debe haber ningún problema en que el recibo lo pongan a nombre de los 3 propietarios. De todas formas, eso no asegura tu solución. Te pongo un ejemplo. En el pago de una hipoteca, el hecho de que alguno de los titulares no aporte su parte del pago, no exime a la parte que paga de nada. Es un pago solidario, lo que significa que ambos responden de todo, no de sólo su parte.
Con esto quiero decir que, lo que tienes que preguntar, es que si tu pagas tu parte del IBI, ya eso te exime del pago del resto y de los recargos que puedan caer sobre el recibo.
Asegúrate de todo acercándote a tu ayuntamiento, ellos te aclararán cualquier duda.
b) Estas en lo cierto, aunque soluciones este año el problema, supongo que esto ya será efectivo el año que viene, este año (a no ser que te den una opción) no podrás hacer nada más para solucionarlo.
Te deseo mucha suerte.
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Efectivamente, te embargarán solo a ti puesto que el IBI va a tu nombre y por lo tanto serás tu quien pague y cuanto más tarde más pagarás.
Procura poneros de acuerdo
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El embargo se lo realizarán solo a usted, que es a nombre de quién emiten el recibo. Ahora, bien, usted puede ejercitar acción de repetición contra sus hermanos, es decir reclamarles vía civil su % del IBI, otra opción seria que intentará cambiar la titularidad por uno de sus hermanos, y como se dice vulgarmente, les pase la patata caliente.
¿Y cómo podría cambiar la titularidad a uno de mis hermanos?
Esto seria en el ayuntamiento, en el registro de la propiedad, ¿o dónde?
Y que debería de hacer, ¿algún escrito o algo para que me dejara cambiar de titular y de este modo quitarme yo y poner a algún hermano mio? ¿Por qué me parece ami que así sin más no me lo cambiarían no?
Tendría que acercarse usted al Ayuntamiento, con la escritura de titularidad, y
Exponerles su caso, a ver si buenamente le hacen el cambio, pues desde ya le digo obligación de realizarlo no tienen.

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