Reforma de vivienda habitual

Voy a realizar una reforma en mi vivienda habitual que adquirí hace 8 años ( la finca tiene 30 años ) del orden de unos 25.000 euros. La empresa que me ha presupustado la obra me aplicaría el iva del 18%. Yo les pido la aclaración de si ese iva no debería ser del 7-8%, según ley aprobada en el congreso el pasado año que aplicaría este iva reducido para reformas de la vivienda habitual. En la comunidad de Madrid. La empresa me contesta que no me puede aplicar esas condiciones porque debo de cumplir los siguientes requisitos:
1.- Es para reformas de viviendas que hayan sido compradas hace dos años. ( Ellos desconocen cuando compré yo la vivienda )
2.- Que el material de compra o suministro no supere el 33% del total; y me continúan diciendo que puesto que las compras de materiales de obra se facturan y que ellos las pagan con el 18 % ... Pues nada ... Que no pueden aplicarme el iva reducido.
Aclaración: El material de compra o suministro entiendo que es si lo aportara yo, pero yo no aporto nada.
Me encantaría pudiera aclararme todo esto, no entiendo nada.
Muchísimas Gracias
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Respuesta
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La razón la tienes tu.
El tipo del 8% en obras y reformas en vivienda lo regula la Ley del IVA en su Art 91 apartado uno subapartado 2 numero 15 letras A, B y C.
Y dice lo siguiente:
Las ejecuciones de obra de renovación y reparación realizadas en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el destinatario sea persona física, no actúe como empresario o profesional y utilice la vivienda a que se refieren las obras para su uso particular.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, también se comprenderán en este número las citadas ejecuciones de obra cuando su destinatario sea una comunidad de propietarios.
b) Que la construcción o rehabilitación de la vivienda a que se refieren las obras haya concluido al menos dos años antes del inicio de estas últimas.
c) Que la persona que realice las obras no aporte materiales para su ejecución o, en el caso de que los aporte, su coste no exceda del 33 % de la base imponible de la operación.
En el punto c. " La persona que realice la obra "¿entiendo qué soy yo?
La empresa me decía también que habían consultado con sus asesores ¿?
Yo creo han interpretado los puntos b y c que usted me indica como les ha dado la gana.
¿Cuándo les pedí aclaraciones me proponen facturar solo la mitad de los 25.000? Al 18%.
¿Qué debo de hacer? ¿Podría luego reclamar ante problemas futuros?
Muchísimas Gracias
El que hace la obra eres tu, efectivamente.
Si te facturan solo la mitad vas ha salir perdiendo de todas formas por que eso significa que en lugar de cobrarte un 18% es como si te cobraran un 9%. Mientras que si les dices que se lean la Ley del IVA y la aplican correctamente te cobraran un 8%

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