Hola, tengo una duda respecto a la plusvalía.

Mi abuela le dono una casa a mi padre, y éste hace 2 años la ha vendido, la casa sita en torrevieja -Alicante (cOMUNIDAD vALENCIANa). El Ayuntamiento de Torrevieja por un lado le exige a mi abuela que page la plusvalía de hace años, y por otra parte a mi padre de la compraventa de dicha casa.

La pregunta es, sabiendo que prescribe a los 4 años la reclamación de dicho impuesto, pueden reclamar la plusvalía de la misma casa 2 veces, ¿en función del cambio del propietario?

Y en caso de que la reclamación a mi abuela hubiera prescrito, ¿debería presentar un escrito a dicho Ayuntamiento refiriendo dicha situación?

Respuesta
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Si por cada transmisión del inmueble se genera una obligación de pago de plusvalía por lo que está actuando correctamente el ayuntamiento y en caso de impago tienes todas las de perder. Mira la prescripción dudo mucho que se cumpla ya que andan muy atentos para evitar plazos de prescripción y realizan notificaciones para interrumpir plazos de prescripción por lo cuál aunque muchas veces pensemos que haya prescrito una deuda no es así, ya que han hecho publicación en el Boletín oficial correspondiente de la deuda y por tanto se interrumpen plazos para así poder cobrar la misma. En caso de que no lo hayan hecho si está prescrita lógicamente puedes acudir a un abogado y que te prepare un recurso a dicha reclamación pero asegúrate antes ya que puede que pagues para nada, ya te digo desde que la administración está informatizada tanto local, como autonómica como estatal, es rarísimo que prescriba una obligación de pago ya que las aplicaciones con las que trabajan realizan las notificaciones de forma automática para evitar que esto ocurra.

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