¿Cuándo prescribe el I.B.I.?

¿Me podrían decir cuándo prescribe el no pago del IBI, o depende de cada ayuntamiento o comunidad?. Vivo en Extremadura.

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La prescripción es de 4 años pero no es tan fácil como decir no he pagado la del 2007 y por tanto está prescrita. La faculta de liquidar el impuesto es de 4 años desde que vence el plazo voluntario para ello. A partir de ahí cualquier actuación de la administración o del sujeto pasivo interrumpe dicho plazo de forma que vuelve a empezar y eso nos puede llevar a que no prescriba.

Por otro lado si el IBI ya ha sido liquidado y simplemente no se paga la prescripción de 4 años es respecto de la recaudación de la deuda y de nuevo cualquier actuación de la administración tendente a cobrar interrumpe.

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Es un plazo general, de manera que el derecho de la Administración a exigir el pago de deudas tributarias prescribe a los 4 años desde el día siguiente al fin del periodo voluntario para presentar la liquidación o autoliquidación.

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