Asiento de fin obra en registro de propiedad

Ahora el banco me pone otro problema, tenía que firmar este viernes y 2 días antes me dicen que no pueden firmar porque en el registro falta el asiento de fin de obra.
Todas las viviendas del bloque se ahn vendido como mínimo 1 vez incluso hay varios propietarios que ya son los terceros y se que otros han tenido el mismo problema pero no viven aquí y no puedo localizarlos.
¿Qué pasos tengo que seguir, cuanto puede tardar y que coste puede suponer arreglar eso?
Respuesta
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Las construcciones nueva se inscriben en el Registro por parte del promotor mediante lo que se conoce como "Declaración de obra nueva".
Esta inscripción es provisional ya que al finalizar la construcción y mediante el correspondiente certificado de fin de obra del Arquitecto, debidamente visado por el Colegio de Arquitectos, se inscribe en el registro la nueva construcción.
El banco te exige que esté inscrita dicha declaración de finalización de obra para poder inscribir la hipoteca correspondiente. Quiere asegurarse que la vivienda se encuentra legalizada y por tanto inscrita como tal en el Registro de la Propiedad.
La solución es sencilla. El promotor o constructor debe solicitar de su Arquitecto el Certificado de final de Obra y presentarlo en el Registro correspondiente. Dicho Certificado ha de ser presentado en una Notaria para su legitimación.
¿El coste en tu caso sería O? Ya que todos estos trámites corren por cuenta del promotor o constructor.
Si te urge, ponte en contacto con la inmobiliaria que te lo ha vendido o directamente con el promotor de la obra para que presente los documentos de finalización de obra si perjuicio de que si no te satisface la respuesta que te den, inicies la acciones legales oportunas por haberte vendido una vivienda si que conste su terminación mediante el correspodniente certificado del Arquitecto-Director de la Obra.
No obstante lo anterior, el Banco supongo que habrá enviado perito para tasar la vivienda y habrá comprobado su finalización, por lo que no debiera de poner demasiados impedimentos a la hora de solucionar el problema.
Si precisas alguna aclaración más.
Gracias por todo, pero tengo más dudas...
¿Si el constructor no tiene ese papel que hago? ¿Creo qué tengo que buscarme un arquitecto que haga una certificación y un notario no?
¿Es seguro que el constructor tiene que tener ese certificado?
Gracias de nuevo
El constructor o en su defecto el promotor deberían de haber hecho la declaración de final de obra porque si no es así, lo que a ti te venden no es una vivienda inscrita correctamente en el registro de la propiedad sino una finca en construcción.
Considero que el primer paso que has de dar es ponerte en contacto con el arquitecto que redactó el proyecto de construcción de tu edificio. En tu Ayuntamiento debe constar el nombre y sus datos ya que se debió solicitar allí la correspondiente licencia de obras.
Una vez te pongas en contacto con él ya solo tendrás que cercirarte si se ha tramitado la certificación de final de obrar y los motivos o las causas por las que no se ha llevado a cabo. Si existiese algún problema deberías dirigirte al colegio de arquitectos con las dudas que tengas sobre el tema.
Sobre la tramitación o pasos a seguir serás mejor que te asesores por el arquitecto.

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