No intentaba evadir ningún impuesto simplementa quería informarme de la clase de impuesto que graban este hecho.Te agradecería que me dijeras cual es el porcentaje del impuesto de donaciones y quien valora el valor real del piso Muchas gracias y por favor disculpa si te he ofendido.
Para el cálculo tienes que proceder de la siguiente manera: a) En primer lugar hay que determinar el valor de la vivienda. Para hacerlo, abre la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org) y selecciona en el menú de la derecha la Consejería de Hacienda. Una vez ahí, pincha en "Valoración de bienes"; en la página siguiente vuelve a pinchar en el vínculo subrayado "valoración de bienes" e introduce los datos del piso (metros cuadrados, terraza, garaje, etc.). Te dará el valor a fecha de hoy. Ese valor tiene carácter de mínimo y no es vinculante. Quiere decir que si acreditas que vale menos (por requerir reformas, tener algún defecto, etc) puedes modificar el valor, aunque igual a la inversa (que haya mejoras importantes). No obstante, en general, si pones ese valor no habrá una comprobación posterior (es recomendable guardar una copia impresa de la valoración por si más adelante te solicitan justificación de la valoración). b) Al valor obtenido le has de aplicar la tarifa del impuesto, y obtienes la cuota a ingresar. El procedimiento es sencillo. Tienes unas instrucciones muy claras en este vínculo, en el que además podrás imprimir el modelo de la declaración: www.madrid.org/tributos/modelossin/modelo651/modelo_651.pdf Recuerda que, además, al escriturar la donación se paga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en la modalidad Actos Jurídicos Documentados (por la primera copia de la escritura), cuyo tipo para Madrid (si no me equivoco, ya que varía según Comunidades y yo no trabajo en Madrid) es del 1% sobre el valor del bien donado. No debes olvidar, además, que tus padres, al donarte el piso, tienen una ganancia patrimonial por la diferencia entre el valor actual y su precio de adquisición (que deberían declarar en IRPF). No obstante, si lo compraron antes del 31/12/1986 la ganancia no está sujeta al impuesto. Espero haberte ayudado. No dudes en pedirte cualquier aclaración adicional que necesites.
Muchas gracias por tu respuesta.El piso se encuentra en la comunidad de madrid y la construcción tiene más de 30 años.un saludo
Muchas gracias .Recibe un cordial saludo, si no te importa te incluyo en mi lista de expertos favoritos.
Al contrario, perdóname tú por haberte entendido mal. Es frecuente, especialmente en donaciones, buscar artimañas tipo préstamos simulados y demás para eludir el impuesto. Para ayudarte en el tema de la valoración necesito me digas en qué Comunidad Autónoma se encuentra el piso (es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas).