Impuestos transmisiones vehículo

Tengo un vehículo en venta, hace dos meses encontré un comprador y realizamos el pago del impuesto de trasmisiones, pero la venta no llego a realizarse (tampoco se llevaron los papeles a trafico); ahora me ha surgido un comprador un no se como proceder; pues no se si se debe pagar el impuesto otra vez; y si es así si tengo que ponerme en contacto con el antiguo comprador

Respuesta
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Según el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, "Estará obligado al pago del Impuesto a título de contribuyente, y cualesquiera que sean las estipulaciones establecidas por las partes en contrario:

a) En las transmisiones de bienes y derechos de toda clase, el que los adquiere"

Por tanto, y de acuerdo a lo anterior, el impuesto de transmisiones patrimoniales ha de ser pagado por el comprador del coche. Como la compra de hace dos meses no se ejecutó y ahora el comprador es diferente, el nuevo comprador debe volver a pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales correspondiente a la transacción que vaya a tener lugar en este momento.

Saludos,

Carlos Jiménez

Asesor fiscal

www.misfinanzasytudinero.com

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