Desgravación alquiler vivienda habitual

Necesito saber qué desgravación tengo en el año fiscal 2013 por haber tenido alquilado un piso, a una pareja de 31 años y 43 respectivamente.
Años anteriores eran de 50% para inquilinos de más de 35 años y 100% para los de menos de 35 años, pero creo que esto para el 2013 ha cambiado. Necesito saber cómo se aplican las desgravaciones en la actualidad.
Otra duda al respecto es sobre los gastos de comunidad, que corran a cargo del arrendador según contrato, si reducen los rendimientos en alquileres para vivienda habitual.

5 Respuestas

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Ya en el 2012 la reducción del 100% paso a ser de menores de 35 a menores de 30 años, o sea que la reducción en la tributación en tu caso será del 50%.

Los gastos de comunidad y otra gastos que satisfaga el propietario de la vivienda para contribuir al mantenimiento de la misma y que sean necesarios para el mantenimiento de su actividad de arrendamiento son desgravables y reducen el rendimiento.

Gracias por su rápida contestación y clara, pero me surge otra pregunta pues esta inquilina cumplió 30 año en febrero del 2013. ¿ Puedo aplicar la reducción por ella del 100% durante todo el año?. ¿O al cumplir los 30 ya no se podría pues se considera mayor de 30 desde el momento que los cumplió?. Gracias y perdón por esta última duda.

Si durante el año 2013 tenia 30 años puedes aplicar el 100% a su parte del alquiler. La reducción es para menores de 30, pero incluye los 30. Dejará de poder aplicársele la reducción a partir de febrero de 2014, que es cuando cumplirá los 31.

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La reducción actualmente es del 60% como norma general, y del 100% si el inquilino es menor de 30 años.

Por cuanto a los gastos de comunidad (y cualquier otro gasto soportado por la propiedad, como los seguros, intereses de la hipoteca, etc) se contabilizan como gastos, y efectivamente reducen el rendimiento de la actividad.

Suerte.

Si cumplió 30 años en febrero 2013, se podria aplicar 100% de reducción en la declaración 2013 ?. O es hasta que cumplió los 30 ?. Perdón por está última duda.

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Ante todo hay que subrayar que el arrendador no tiene derecho a ninguna desgravación, en todo caso el arrendador de vivienda puede aplicar a los alquileres percibidos una reducción del 100% si su inquilino es menor de 30 años y del 60% si no lo es, siempre y cuando se trate de la vivienda habitual de su inquilino.

Los gastos de Comunidad de esa vivienda, si son pagados por el casero, reconsideran gastos deducibles a efectos del IRPF.

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Gracias por su rápida contestación y clara, pero me surge otra pregunta pues esta inquilina cumplió 30 año en febrero del 2013. ¿ Puedo aplicar la reducción por ella del 100% durante todo el año?. ¿O al cumplir los 30 ya no se podría pues se considera mayor de 30 desde el momento que los cumplió?. Gracias y perdón por esta última duda.

A estos efectos la edad se considera a 31/12/2013

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1º) Los porcentajes son los mismos para el año 2013.

2º)Los gastos de comunidad son deducibles.

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Siento no poder ofrecerle una respuesta adecuada a la cuestión que plantea ya que la misma no es de mi especialidad. Le sugiero que pregunte a un experto en derecho tributario o fiscal.


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