Deducción por vivienda habitual comprada en 2.005

He comprado mi piso en marzo del 2.005 y este año la Agencia Tributaria me pide, además de la escritura de préstamo hipotecario y compra-venta, los gastos de agua o luz para justificar que es mi vivienda habitual de los años 2010, 2011 y 2012. Como el art. 68,1 de la Ley IRPF y arts. 54 y 55 del Reglamento dicen que se considera vivienda habitual si ocupada doce meses después de la adquisición y durante tres años al menos consecutivos, no les llevé los gastos, sí histórico del padrón. Me dicen que para tener derecho a la deducción tengo que demostrarlo con esos gastos. Por lo que sé, son suficientes 183 días al año. Yo, con mi madre enferma, ando viviendo entre mi piso y el de mi madre y los gastos son mínimos porque soy sola. ¿Pueden pedirme justifique esos gastos?. Si hubiera sabido que para tener derecho a la deducción tenía que ser así no la hubiera hecho. No quiero que se rían de mi.

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Las compañías de suministro facilitan información mensual de todos los contratos a la Agencia Tributaria.

Para que hacienda lo considere vivienda habitual, es como usted dice, pero ademas, ha de vivir efectivamente en esa vivienda... no confunda los 183 días que marca la residencia fiscal en un país, con la consideración como vivienda habitual. No le admiten solo el estar empadronado...

Si no aporta las facturas, seguro que sera sancionada y tendrá que devolver las deducciones practicadas. Si las aporta, y no hay consumos, solo el mínimo, difícilmente podrá demostrar que es su vivienda habitual...

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le ayude con su caso concreto.

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