Obligaciones con hacienda de una asociación cultural en el alquiler de un local.
Antes de nada agradecer todas las respuestas que reciba.
Somos una asociación cultural sin animo de lucro, estamos exentos de IVA en facturas que nosotros generamos (ej: cuota de los asociados), tenemos alquilado un local, nuestro arrendador nos pide que nos demos de alta para el pago del IRPF, después de esta pequeña explicación nos surgen varias preguntas:
¿Cada cuánto se hacen los pagos?
¿A partir de que cuantía se puede aplazar el pago del IRPF?
¿Nosotros podemos al final de año desgravar el IVA de todas las facturas que recibamos (alquiler de local, agua, luz, etc etc etc?
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Respuesta de Geasoc
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