Irpf

La empresa en la que trabajo reintegra las cantidades (con unos importes máximos) que se tienen en concepto de gafas, audífonos y tratamientos psicológicos.
Desearía que me indicase si estos pagos que recibo están sujetos al IRPF y, en caso contrario, la normativa que ampara la exencio.
Muchas gracias
Respuesta
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Si, están sujetas a retención ya que se consideran como rendimiento de trabajo y por lo tanto tributan

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