¿Quién determina el valor de una vivienda?

Aperturé hace cinco años una cuenta vivienda para efectuar, con posterioridad, la ampliación de mi casa (vivienda principal) y la realización de obras en ella (rehabiliación y reformas).
A día de hoy, los trabajos de ampliación, de rehabilitación de pilares y las reformas para mejorar el aislamiento, han concluido. El dinero de la cuenta vivienda ha sido utilizado para dichos fines.
En Hacienda me comentaron que el dinero de la cuenta vivienda aperturada y utilizado para la ampliación, rehabilitación y reformas debía superar el 25 % del valor de la vivienda en el momento de realizar los trabajos pertinentes.
¿El valor de mi casa es el que se refleja en el valor catastral, que, por cierto, fue actualizado hace un par de años? En principio, y sobre esa base, pagamos religiosamente cada año el impuesto sobre bienes inmuebles al Excelentísimo Ayuntamiento.
De no ser así ¿Cuál es el procedimiento para determinar el valor de una casa y quién se encarga de ello?
Espero con impaciencia su respuesta. Gracias anticipadas. Kiko.

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El valor catastral fija el valor de su casa a efectos fiscales, si ebi este no es el valor de emrcado ni el valor real. De cualquier forma entiendo que para hacienda debería ser el valor a tomar en cuenta a efectos de calcular cualquier cuestión en materia tributaria. El valor real de la vivienda, o el valor de mercado, podría obtenerlo mediante una tasación pericial realizada por cualquier sociedd de tasación inscrita en el banco de españa. Para contactar con una de las sociedads tasadoras lo mejor sería que preguntase en su banco habitual, ellos le facilitarían la forma de contactar con ellos.
Buenas noches.
¡Esperemos que el sentido común sea el denominador común de nuestros inspectores de Hacienda!
Confío en que sea el criterio del valor catastral el que rija y tenga validez sobre los aleatorios valores "reales" o de mercado de un bien inmobiliario, y sobre todo porque antes del mes de noviembre (cuando se iniciaron las obras de ampliación, rehabilitación y reformas) vino una experta de mi compañía de seguros ante los graves problemas reinantes en mi casa: humedad en el suelo de la casa (por rotura o fisuración de los tubos del desagüe (por cierto, de cerámica), que afectó a los pilares, produciéndose grietas en ellos que iban "in crescendo" de manera alarmante. Hice fotografías del estado lamentable en que se hallaba la casa (abril de 2008). Pero nadie vino para hacer una tasación pericial del valor real o de mercado de mi casa.
Si a día de hoy, con la ampliación, la rehabilitación de pilares y reformas de aislamiento y de conducción de las aguas residuales (que ya no van a parar a una fosa séptica) a la red de alcantarillado urbano, ya terminadas, tiene que venir un perito a tasar mi casa, es obvio que su valor no tiene nada que ver con el que hubiera podido tener antes de llevarse a cabo los trabajos. ¡Se cometería un verdadero atropello, por vicio de forma!
¿Qué puedo hacer para defenderme, si Hacienda desestima el criterio del valor catastral para calcular el valor de mi casa? Espero su respuesta. Gracias anticipadas. Kiko.
La verdad no puedo responderle me pregunta usted cuestiones demasiado especificas y más bien propias de un experto fiscal. Intenetelo con uno de ellos seguro que le asesoran mejor.

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