Jubilación por Ictus isquémico.
Mi padre ha tenido un accidente laboral con rotura de tobillo el día 15 de marzo y el día 18 de marzo ha sufrido un ictus, en un principio leve, pero es un poco pronto para valorar las secuelas. El caso es que el día 30 me llamaron de su emmpresa para comunicarme que iba a ser despedido de su trabajo. El trabajo que realiza es bastante duro físicamente y mi padre en Octubre cumple 63 años. ¿Si negocio un despido por incapacidad sobrevenida, se podría jubilar?. ¿Existe alguna otra vía para jubilarle dada su situación?. Personalmente creo que mi padre no está ya físicamente para soportar ese trabajo. Tiene el paro consumido.
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Respuesta de coymu
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