Vivienda habitual

Tengo una vivienda habitual desde el 21 de marzo de 2003, y por la que he desgravado; voy a comprar una vivienda de protección autonómica con mi novio, y nos dan las llaves en diciembre de este año.
Se, que para que se considere vivienda habitual he de haber residido en ella al menos tres años desde su compra, a no ser que se den determinadas circunstancias.
Pues bien, nosotros, mi novio y yo, tenemos pensado casarnos a principios de marzo de 2006.
Mi pregunta, es la siguiente: ¿Cómo afecta la compra de esta nueva vivienda que vamos a destinar a vivienda habitual, en cuanto a el tema de las desgravaciones? ¿Tendré algún problema por solicitar las ayudas que tiene las viviendas de protección, antes de que se celebre el matrimonio?
Nosotros no tenemos pensado ir a vivir a este piso hasta que se celebre la boda.
Espero que me haya explicado correctamente.
Una vez que ambos podamos desgravar por esta nueva vivienda, ¿cuál es el máximo? ¿9015, cada uno o entre los dos?
Muchas gracias.

2 respuestas

Respuesta
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Podréis desgravar solo 9.015 por los dos o el 50 % CADA UNO SI DECLARÁIS POR SEPARADO. En principio vuestra vivienda habitual va a seguir siendo la misma hasta que se cumpla el plazo de los tres años por lo que no veo algún problema por este concepto. Tendrás que empezar a desgravarte de la nueva vivienda cuando empieces a vivir en ella. De todas maneras creo que puedes tener problemas con la vivienda que tienes actualmente pues entiendo que te pueden obligar a venderla a precio de valor catastral multiplicado por dos. Informate bien antes de complicarte la vida, así que te aconsejo que llames al instituto municipal de la vivienda o en tu ayuntamiento urbanismo, para que te informen bien pues es más serio de lo que parece. Supongo por la forma de explicarte que la vivienda se la han adjudicado a tu novio (dudo que te la adjudicaran a ti teniendo otra vivienda y sin explicarte lo que te comento) y creo que es mejor que te preocupes de esto que del tema de las desgravaciones, Espero haberte sido útil y si tienes alguna duda más consúltame nuevamente
Respuesta
Creo que puedes tener problemas, pues para no tenerlos te tendrías que casar antes de que te entreguen las llaves del nuevo piso o si se retrasan y te lo dan en el 2006 no pasa nada. Esto es así porque el estado de casado es al 31 de diciembre y la venta de un piso y compra de otro se considera en al año, de modo que han de coincidir el año de boda con el año de venta y entrega de llaves del nuevo.
Para asegurate de lo que te digo acude a una delegación de hacienda o al 901 33 55 33.
Salud y cuidaros
Juanjo

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