Error notario

Compré un piso hace 3 meses y, por un error del notario, en la escritura de compraventa han puesto que se trata de un piso de protección oficial cuando eso no es cierto. Se lo hicimos saber al banco, gestoría y notaría cuando lo vimos en la escritura simple, pidiendo que corregieran ese error. Ahora nos llaman para darnos la escritura original pero el error no está subsanado, sigue constando que es un piso de protección oficial. La notaría, gestoría y banco nos dicen que no lo pueden corregir porque cuando se lo hicimos saber ya habían hecho la inscripción en el registro, pero que no nos preocupemos que no pasa nada, que no hay ningún problema. ¿Es eso cierto? ¿No traerá problemas este hecho?
¿Qué acciones podría emprender como particular contra la notaría para que corrigieran su error y no se lavaran las manos?
(El impuesto del cual se está exento por ser piso de protección oficial está pagado, tuvimos nosotros que pedir a la notaría que hiciera el pago y adjuntarles el documento correspondiente que probaba que no era de protección oficial)

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En principio los problemas que te puede provocar son en caso de ir a venderlo que genere dudas en los posibles compradores y entidades de tasación y bancos que este pudiera necesitar.
Yo exigiría una escritura de subsanación, no obstante debes tener en cuenta que la lectura de las escrituras por el Notario ante todas las partes (Banco, vendedor y comprador) y la firma de la misma ante el Notario obliga a los firmantes a lo que en ella se estipula. Dudo que puedas efectuar reclamación por este motivo. Realmente si hiciste un préstamo los verdaderos culpables son el Banco y la Gestoría (supongo que te cobrarían gastos por su estudio y gestión, de hecho en la mayoría de los casos gastos abusivos) pues a ellos se les entrega antes de la lectura por el Notario una borrador de la escritura para que den su conformidad a la misma y es obvio que en dicho borrador ya iba puesto la condición de VPO por tanto son ellos los negligentes y a quien debes exigir paguen el acta de subsanación.
El día de la firma, el notario nos leyó la escritura y cuando llegó al apartado donde decía lo de la VPO hizo hincapié en ello porque también le extraño a él, ya que conoce la zona donde está el piso y sabe que esos pisos hace por lo menos 30 años que no son de VPO (lo fueron en su momento)y nos lo comentó, a lo que, nosotros como compradores y los vendedores corroboramos que no era de VPO. El notario hizo la rectificación oportuna en la escritura delante nuestro (estaba al lado suyo y lo vi yo misma), fue luego, al transcribirla en la notaría donde, quien fuera, no lo tuvo en cuenta (según explicaciones de la misma notaría, "por la premura"). El caso es que la Notaría acepta que es un error suyo, pero no han hecho nada al respecto, sólo nos saben decir que fue un descuido, que no pueden subsanarlo, pero que no nos preocupemos que no nos dará problemas futuros esa anotación, ya que aunque en la escritura lo ponga queda claro que no lo es en el momento del registro, porque si fuera de VPO al ir a incribirlo en el registro y ver el precio que pagamos por el piso no lo hubieran admitido (esa es la explicación que nos dieron ayer mismo, cuando pudimos hablar con ellos)¿Es cierto que esto es suficiente, para si en un futuro quisiera venderlo justificar, el error del notario y que no nos afectara a nosotros?
Agradezco tu respuesta anterior, me ha sido realmente útil, era algo que no sabía y quedo a la espera de que me puedas aclarar esta nueva pregunta.
Muchas gracias.
Muchas gracias por tu tiempo y tus respuestas. Me has aclarado las dudas respecto a este tema.
Un saludo.
Perdona pero desconocía el hecho de que había sido de protección oficial. En ese caso efectivamente no vas a tener ningún problema porque dichos pisos pierden automáticamente la condición de VPO con el transcurso de los años, de hecho así lo pondrá en el registro de la propiedad cuando se hizo constar la condición de VPO. Efectivamente en ningún caso se podría escriturar un piso de protección oficial por encima de su valor legal y si a vosotros os lo han admitido es claro que se intrepreta por parte del Registrador que ya no tiene esa consideración, no obstante esto es muy subjetivo y podría ser interpretado de muchas maneras de hecho hay jurisprudencia sobre el particular sobre la procedencia o no de vender un piso de VPO por encima de su valor legal. Pero como no quiero confundirte estimo que dado el tiempo transcurrido es suficiente para justificar que ya no es de VPO. Lo que sucede es que siempre podrás dar con un desconfiado que te ponga pegas a la hora de comprar. En cuanto a la reclamación al notario si procedería dada tu explicación y de hecho yo le exigiría que la misma respuesta que me da de palabra me la exprese por escrito para tenerlo guardado junto a la escritura.

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