Cancelación parcial préstamo personal

He contratado un préstamo personal a un tipo de interés del 8.95% pero como quiero quitarlo antes de tiempo quería hacer amortizaciones parciales en tiempo, al igual que he venido haciendo con la hipoteca, pero en el banco me dicen que en los préstamos solo se pueden hacer amortizaciones en capital, aunque en el contrato no lo especifique. En el contrato pone que en las amortizaciones parciales o totales se cobrará el 3% del capital amortizado, pero no indica ningún tipo de amortización parcial ni especifica que la amortización parcial debe ser en capital.
Además cuando contraté el préstamo en ningún momento me informaron de esto y eso que les pedí información sobre las amortizaciones porque les dije que mi idea era cancelar el préstamo antes de tiempo haciendo amortizaciones parciales.
¿Tienen razón y solo se pueden hacer amortizaciones en capital aunque no especifique el contrato que no se pueden hacer amortizaciones en tiempo?

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Los préstamos siempre se amortizan en forma de pago de capital.
Es decir si un día debes 12.000, y amortizas 4.000, al día siguiente debes 8.000 y se recalculan las cuotas que faltan por pagar. En cuanto al recalculo de las cuotas se puede hacer manteniendo la misma cuota (con ello acabas de pagar antes) o manteniendo el vencimiento (se reduce la cuota mensual a pagar).
Me gustaría que me aclararas más tu conversación con el del banco. Puede que sea un empleado no demasiado bien formado o que no se explique bien.
Hola jemilio, gracias por intentar ayudarme, te lo detallo un poco más:
Al cabo de dos meses de haber firmado el préstamo fui a hacer una amortización de capital en tiempo, es decir, manteniendo la cuota que tengo y adelantando la fecha final. En un principio el empleado que me atendió no me puso pegas y me dio un justificante del banco firmado con la operación que yo solicitaba, una amortización de capital en tiempo adelantando el vencimiento, pero al día siguiente me llaman del banco y me dicen que se han confundido al darme el justificante porque el ordenador no les deja amortizar en tiempo, que solo puedo amortizar en capital, con lo cual me recalculan la cuota mensual, ya que debo menos dinero, (esta fórmula es más beneficiosa para el banco ya que el total de intereses que pagas al final es bastante mayor) y además me aclara él y el director de la sucursal que aunque en el contrato no lo indique en un préstamo personal no se pueden hacer amortizaciones en tiempo, es decir no se puede adelantar la fecha en la que acaba el crédito.
Es decir, que aunque tenga un justificante firmado no me van hacer ese tipo de amortización ni ahora ni en futuras amortizaciones.
Pero lo que más me ha cabreado, a parte de que voy a pagar más de intereses si tienen razón, es que cuando hablé en un principio con el director y me ofreció este crédito yo le dije claramente que mi idea era quitar el crédito cuanto antes porque pensaba hacer amortizaciones parciales adelantando el vencimiento al igual que hago con la hipoteca y en ningún momento me informó de que esto no se podía hacer. Por lo cual me siento engañada.
Pues puede que sea así en ese banco.
Lo normal es que te admitan los dos tipos de amortización, pero hay algunas entidades que no, y otras que en cuanto haces una amortización de un tipo las siguientes tienen que ser del mismo tipo. Me parece que en un principio no te lo explicaron con la claridad con la que debieron hacerlo. Por desgracia, cada vez más los bancos quieren ahorrar dinero en personal y cada vez más exigen más y pagan menos, los clientes padecen esta política.
Una cosa te quiero aclarar, los dos tipos de amortización son de capital, es decir, estás amortizando capital; lo que varía es lo pasa después, que se mantenga la cuota o que se reduzca la cuota.
De todas formas, para tu tranquilidad, la carga de intereses no va a ser mucho superior a la que hubiera sido de la otra forma; lo único que pasará es que al pagar menos cada mes, vas a tener más dinero disponible y harás más amortizaciones parciales dándoles más trabajo.

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