Hipoteca

Buenos días. He comprado una nueva vivienda y, para ello, me han concedido un crédito hipotecario. El banco me pide que realice un depósito de fondos en su gestoría, el día de la firma, en el que se incluye el impuesto de transmisiones. Mis preguntas son:
- ¿Es legal que me obliguen a trabajar con su gestoría?
- ¿Pueden obligarme a depositar el valor del impuesto de transmisiones el día de la firma, cuando la Ley me permite liquidarlo 30 días hábiles después?
Muchas gracias de antemano
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Pues si tu sabes que la ley dice una cosa distinta la del banco con el que estas trabajadnod, te recomiendo que pongas las cosas claras con el banco. Preguntales directamente, mejor si lo haces por escrito.
Recuerda que ere tu el interesado y gracias a ti el banco va a ganar dinero. Suerte

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En principio cuando un banco otorga un préstamo hipotecario, el cliente firma un documento autorizando a la gestoría del banco a realizar los trámites oportunos para la inscripción de la hipoteca en el registro de la Propiedad y la liquidación del ITP. Esta gestión que puede hacerla perfectamente el cliente por su cuenta, no es aceptada por el banco puesto que le da más crédito a su propia gestoría, y es la forma que tiene de garantizarse el banco que la gestión se ha hecho conforme a ley.
NO es legal que te obliguen a trabajar con su gestoría puesto que ninguna ley dice que tienes que hacerlo, pero es un precepto que el banco hace para la concesión del crédito y por ello muchos aceptamos a regañadientes.
El ITP se provisiona el día de la firma aunque no hay que pagarlo hasta 30 días natirales, te lo provisionan para que no gastes el dinero y que luego llegado el plazo para la liquidación no puedas afrontarla. Te obligan a ello, pero por oprativa bancaria, tampoco porque la ley lo exija.
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Esto es como todo. Ud en principio no está obligado a trabajar con la gestoría, sin embargo el banco tampoco está obligado a concederle el crédito. El hecho de obligarle a trabajar con la gestoría que ellos designan y no con una de su elección viene dado a que dicha gestoría cumple unos requisitos mínimos o unos estándares que harán que en el momento de la firma de la hipoteca no surjan imprevistos, (creame, he visto más de un crédito paralizado por imprevistos de última hora cuando todas las partes estaban a punto de firmar)que obliguen a aplazar la firma o incluso a impedir la concesión de préstamo. En cuanto a la segunda pregunta, pues enlaza un poco con la primera. Ya que es la gestoría la que se encarga de llevar todo el papeleo, impuestos y demás, pues sule incluir en la provisión de gastos este impuesto. Sería cuestión de hablar con ellos, (en un momento dado uno habla más con la gestoría que con la propia sucursal que concede el crédito) para llegar a un acuerdo y liquidar el impuesto al final del plazo.

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